El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a través de su canal de comunicación oficial en Twitter @Incluinfo, nos ha comunicado el adelanto este año, de la fecha de abono de la ayuda por hijo a cargo.
El INSS ha confirmado a través del canal que hemos mencionado anteriormente, la fecha del adelanto. Siendo en la primera semana de enero concretamente el día 4, cuando la administración prevé que emitirá el pago de esta ayuda semestral, también conocida como: "los puntos", e indicando que la fecha concreta del abono en cuenta dependerá de nuestra entidad bancaria.
Mensaje de confirmación del INSS
Bancos que confirman el adelanto
Banco Santander: La fecha de pago será el 23 de diciembre a lo largo del día.
Bankia: Esta entidad bancaria recientemente fusionada con CaixaBank, también realizara el pago el día 24 de diciembre.
BBVA: este banco confirma que el pago de la ayuda por hijo a cargo se efectuara el 3 de enero.
CaixaBank: El abono de la prestación semestral se hará el viernes 24 de diciembre.
Caja Rural: La fecha de pago es el 22 de diciembre.
Eurocaja Rural: La prestación se abonara el próximo 29 de diciembre.
Unicaja Banco: Esta entidad confirma el pago para el 3 de enero.
Seguiremos actualizando este articulo, según nos sigan confirmando las fechas de pago, los bancos y cajas. Si tenéis alguna confirmacion de pago por parte de vuestra entidad bancaria, compartidla en los comentarios de esta entrada.
Así pues, la ayuda ahora está integrada en el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Sin embargo, ya no se aceptan nuevas solicitudes, a no ser que en el hogar exista un hijo menor de 18 años y afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, o mayor de dicha edad cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%. Así como por los menores en acogimiento familiar que cumplieran una serie de requisitos.
La cuantía de la asignación varía en función de la edad y el grado de discapacidad del hijo o menor acogido a cargo. El abono de esta, que no incluye pagas extraordinarias, se realiza semestralmente en enero y julio, en el caso de menores de 18 años. Y mensualmente, a mes vencido, cuando se trata de mayores de edad afectados por discapacidad.
Las personas que reciben esta ayuda y aún no se les ha comunicado la aprobación del IMV o se les ha denegado o no lo han solicitado, la seguirán percibiendo con normalidad.
Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%
1000,00 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%
4.790,40 euros anuales por hijo (399,20 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%
Hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:
7.185,60 euros anuales por hijo (598,80 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.