Germán Blanco, devuelve a la Contralora Sandra Morelli Rico los expedientes por el llamado carrusel de pensiones Foto archico CGN
Dando cumplimiento alo dicho por La Sala de Consulta del Consejo de Estado la cual determinó que la Constitución del 91 señala claramente que las investigaciones fiscales -es decir, las relacionadas con decisiones que generan detrimento en el patrimonio público- son de competencia exclusiva de la Contraloría, y que el fuero constitucional no opera frente a procesos de ese tipo.
Fuero entregados nuevamente los expedientes a la Contraloria General de la Nacion
texto del concepto del CONSEJO DE ESTADO dice: “Declárase que la Contraloría General de la República es competente para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal en contra de los magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura doctores José Ovidio Claros Polanco, Julia Emma Garzón de Gómez, Henry Villarraga Oliveros y Pedro Alfonso Sanabria Buitrago, por el presunto detrimento patrimonial que se podría haber causado para el Estado con ocasión del nombramiento de magistrados auxiliares en los despachos de que son titulares”.
Y añadio ”La autoridad competente para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal en contra de los magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura corresponde, de manera exclusiva y excluyente, por mandato constitucional, a la Contraloría General de la República”.