Revista Salud y Bienestar

Los funcionarios que suspendan la evaluación de su desempeño podrán ser apartados de su puesto.

Por Pedirayudas @Pedirayudas

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el anteproyecto de ley de Función Pública de la Administración General del Estado. En la que los funcionarios podrán ser removidos de su puesto en función del resultado que consigan en la evaluación de su desempeño.

Este anteproyecto de ley se ha aprobado en el Consejo de Ministros el cual queda abierto a cambios. Prevé que los empleados que han obtenido su puesto por concurso puedan ser apartados si no cumplen de forma adecuada con sus tareas, si su rendimiento es insuficiente o no pueden cumplir con las exigencias que se piden para el cargo ni siquiera a través de formación adicional.

La metodología de evaluación no está, sin embargo, definida, ya que se concretará a posteriori en el desarrollo reglamentario de la norma.

¿Qué tipo de valoración se tendrá en cuenta?

El desempeño deberá valorarse teniendo en cuenta elementos como la contribución a los objetivos estratégicos como son:

  • La motivación de las personas mediante su implicación en la consecución de los mismos
  • El fomento del trabajo en equipo
  • La adquisición de nuevas competencias profesionales

Es decir, para la obtención continuada de resultados negativos en la evaluación del desempeño dará lugar a la remoción del puesto obtenido por concurso.

Calificación negativa

Una calificación negativa también impactará en la puntuación de los concursos de traslados y en la percepción del nuevo complemento salarial de desempeño. El anteproyecto aclara que la remoción "se efectuará mediante resolución motivada del órgano competente", y que no podrá activarse en un plazo inferior a los seis meses desde la incorporación al puesto.

El funcionario que sea apartado por una de las razones antes mencionadas acabará adscrito de manera provisional a un puesto, de la estructura orgánica conforme a su carrera y en la misma localidad donde desarrollaba la función anterior.

Cambios en la carrera horizontal

La legislación también prevé cambios en la carrera horizontal: determina una progresión sin tener que cambiar de puesto de trabajo, basada en la trayectoria profesional y el rendimiento, y amplía en cada grupo o subgrupo el número de tramos a entre cuatro y seis.

"Los ascensos de tramo se producirán previa solicitud de la persona interesada, a través de la aplicación de un sistema objetivo de acreditación de méritos que será objeto de desarrollo reglamentario", señala el texto.

También se regula la figura del directivo público profesional, se modifican los esquemas de promoción interna, la formación permanente y la provisión temporal de puestos. Los funcionarios que sean reubicados para conseguir "objetivos estratégicos" en "sectores prioritarios de la actividad pública" podrán permanecer en estos puestos durante un máximo de dos años.

Plan de Recuperación

Por parte de Europa, dentro del Plan de Recuperación y está incluida en el acuerdo marco para una Administración del siglo XXI, firmado entre el Gobierno y los sindicatos CC OO y UGT. Con la nueva ley también se desarrolla el Estatuto Básico del Empleado Público, 15 años después de su aprobación.

El Gobierno defiende que la norma mejorará el funcionamiento del sector público, impulsará su productividad y premiará el talento, al introducir cambios en el ámbito de la formación, las pruebas selectivas y el desarrollo de la carrera profesional.


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