Revista Opinión

Los juzgaremos por genocidio

Publicado el 13 abril 2017 por James Nightingale @atracoalpueblo
LOS JUZGAREMOS POR GENOCIDIO
LOS JUZGAREMOS POR GENOCIDIO COMO SE JUZGÓ A LA CAMARILLA DE HITLER
I - CASO ABOGADA ANA ARGOTTI Días atrás el régimen hizo un despliegue publicitario presentando a la abogada Ana Argotti a quien detuvieron bajo acusación de estar trasladando un lote de pasaportes y cédulas de identidad falsificados, así como instrumentos para elaborarlos. A la detenida se le expuso en fotografía de cuerpo entero, mostrando su rostro, con el material que dicen que le incautaron, detrás se le colocó una cortina con el logotipo de la Policía Nacional Bolivariana. Todo esto es otra demostración de que Venezuela es un país sin constitución y sin ley pues la primera, “la bicha” en su artículo 49.2 dice: “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario” y el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 117.4 establece: “Reglas para Actuación Policial. Las autoridades de policía de investigaciones deberán detener a los imputados en los casos que este Código ordena, cumpliendo con los siguientes principios de actuación:…4. No presentar a los detenidos a ningún medio de comunicación social sin el expreso consentimiento de ellos, el cual se otorgará en presencia del defensor, y se hará constar en las diligencias respectivas…”   Generalmente las autoridades hacen públicas las detenciones de personas involucradas en hechos delictivos pero con sus rostros cubiertos y es precisamente por esas dos razones: 1) es mandato constitucional respetar el derecho a ser presumido inocente mientras no haya condena firme en su contra. 2) ese mandato constitucional lo desarrolla la ley prohibiendo expresamente presentar a los detenidos de esa manera, a cara descubierta, entonces ¿porqué se hizo tal cosa con la abogada Ana Argotti? Simple, porque es un caso político, o mas bien una perversión política, y allí no hay Constitución ni ley que valga.  

II - ATAQUES AÉREOS, FRANCOTIRADORES, COLECTIVOS En las manifestaciones de protestas contra el régimen no solo es que se les ataca con fuerzas policiales, sino que además se utiliza para ello bandas paramilitares llamadas “colectivos” que van en motos con armas de fuego en mano disparando a diestra y siniestra, también se han visto a franco tiradores militares disparando desde azoteas de edificios en Caracas, también se producen ataques aéreos desde helicópteros lanzando bombas lacrimógenas que no solo causan estragos en el sistema respiratorios, sino que a quien le caiga una encima lo mata, o cuando menos le causa una grave lesión porque son cilindros metálicos pesados, lo cual efectivamente está ocurriendo, hay víctimas de tales ataques.  
III - PRISIONES A ESTUDIANTES Y JUICIO MILITAR Las detenciones de jóvenes estudiantes no cesan, los agarran, los golpean y los llevan a prisión por el hecho de protestar, lo cual no es delito pues está constitucionalmente permitido y a pesar de eso los jueces del régimen les abren juicio por delitos militares como “ataque a centinela” y otros para llevarlos esa jurisdicción que está creada únicamente para militares y solo por delitos militares.

IV - INHABILITACIONES Autoridades ilegítimas como un funcionario que ejerce el cargo de Contralor General, ligado familiarmente con Cilia Flores, sin proceso de por medio y violando todos los procedimientos legales, en sede administrativa, decreta la inhabilitación política por 15 años de uno de los principales dirigentes de la oposición cuando esa es materia reservada a la actuación judicial que solo puede tener valor formal cuando hay sentencia definitiva y firme producto de un debido proceso.  
V - NO ELECCIONESDirigentes de la camarilla gubernamental, Maduro y Cabello de primeros,  gritan a voz en cuello que ellos gobernarán a Venezuela para siempre y que nunca entregarán el poder, que no otra cosa pretenden al hacer nugatorio (1) el derecho a elegir a nuestros gobernantes en procesos electorales periódicos bajo la dirección de un órgano imparcial.

VI - NO HAY JUSTICIAConstantemente salen a la luz pública hechos de corrupción y de narcotráfico en los que aparecen involucrados funcionarios civiles y militares, y el sistema de justicia desprovisto de toda legitimidad y decencia se desentiende del deber que tienen de juzgarles y castigarles. 

VII - JUSTICIA TRANSCIONALAl listado de agravios a los Derechos Humanos antes mencionado solo a título enunciativo y no taxativo hay que agregar el robo, mas bien el saqueo, a los dineros públicos que han llevado a millones de venezolanos a la miseria al punto de ser un hecho común ver aglomeraciones disputándose los restos de comida en la basura, a padecer toda clase de sufrimientos por falta de medicinas y atención médica, mientras los privilegiados de la camarilla gubernamental, civiles y militares, hacen alarde de toda clase de lujos y riquezas dentro y fuera del país, eso es crimen de lesa humanidad definido en el artículo 7 del Estatuto de Roma que es el Código que rige la actuación punitiva de la Corte Penal Internacional; todo eso es mas que suficiente para que levantemos la consigna de la necesidad de un texto para aplicar justicia transicional a la camarilla que usurpa el poder en Venezuela con el único apoyo de las armas que detentan unos usurpadores de la organización militar y que la han colocado en tan deplorable estado de perversión en que se encuentra. 

En recientes declaraciones Maduro reveló tener bajo adiestramiento a 379 mil milicianos adicionados a la FA "listos para salir en defensa de la paz", y seguidamente agregó que había firmado ordenes para la compra a Rusia y China de modernos armamentos, esto en medio de la agonía por hambre y enfermedades de la población.

La Justicia Transicional que aplicaremos habrá de tener como modelo el Código de Justicia Militar del Tribunal de Nuremberg que con respeto al debido proceso juzgó como genocidas a los nazis que hicieron cosas parecidas a estas que antes hemos mencionado y les dictó condenas que oscilaron entre cadena perpetua y pena de muerte porque la justicia debe ser proporcional al delito y lo suficientemente fuerte como para disuadir y asegurar la no repetición.

Carlos Ramírez López   @carlosramirezl3(1) Engaño, manipulación. En el contexto del derecho, un hecho nugatorio es aquella acción que invalida un acto jurídico
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