Los propietarios, se oponen a la domiciliación del recibo, por que dicen que la Comunidad, personalizando en el Administrador, les pasa para cobrar importes no aprobados, recibos extraordinarios que no están conformes (aprobados en Junta), etc. Recordamos a estos propietarios, que los recibos domiciliados, "a la vista" tiene un plazo para poder efectuar su devolución, en el caso de que no se esté conforme por cualquier motivo.
En las fincas de vecinos, el hecho de no domiciliar, en muchos casos, es por el motivo de retrasar el pago de forma intencionada, su situación actual, en muchos casos, no es muy buena, el pago de la Comunidad puede esperar, etc., pero si no se pudiese, abonar algún gasto de la Comunidad por la falta de puntualidad en el pago, será de los primeros que protestará
En este momento, domiciliar un pago es la forma más tradicional de atender los recibos de distintos servicios, pero nos tropezamos con el problema, sobre todo, de las personas mayores que no comprenden de esto, cobran su pensión y hacen la distribución de los pagos, atendiéndolos con normalidad, el pago de la cuota de la Comunidad abonan su importe directamente en el despacho del Administrador. En algunas ocasiones, se intenta que lo ingresen directamente en la cuenta corriente de la Comunidad, aunque no es fácil debido a su edad.