El principio de acuerdo alcanzado por CCOO y UGT, con empresarios y Gobierno, para la integración del Régimen Especial de las Empleadas de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social beneficiará a más de 60.000 mil trabajadoras en Andalucía, de las que más de la mitad son extranjeras, respondiendo así a una reivindicación histórica de CCOO. Gracias a este primer acuerdo, a partir del 1 de enero de 2012 se ampliarán los derechos y protección social de estas trabajadoras que contribuyen en la comunidad andaluza como empleadas del hogar en el régimen especial de la Seguridad Social. En cualquier caso, el sindicato ha recordado que se trata de un sector con "alta economía sumergida", por lo que ha insistido en que "sigue siendo necesario un mayor control de las administraciones".
El sindicato ha calificado de "muy positiva" la medida, que se pondrá en marcha gracias, en gran parte, al trabajo realizado por CCOO y UGT, aunque no ha olvidado recordar que "en este sector existe una gran cantidad de empleo sumergido, por lo que sigue siendo necesario un mayor control a las administraciones para aflorar estas situaciones y que las trabajadoras puedan acogerse a los nuevos derechos que aporta el Acuerdo firmado por CCOO".
Como ha expresado el sindicato "nuestra sociedad no puede permitir que persistan situaciones laborales sin ningún tipo de protección social, como lo consiente la actual regulación de los trabajadores domésticos con las empleadas del hogar que trabajan menos de 20 horas semanales". Por ello, CCOO destaca que gracias a este acuerdo todos los empleadores, con independencia de que la jornada de trabajo sea a tiempo completo o por horas y del número de empleados que tenga, quedarán incluidos en el registro de empresarios de la Seguridad Social y los empleados y empleadas cotizarán desde la primera hora de trabajo, al margen de cuántas horas trabajen al mes y para cuántos empleadores.
Además, los trabajadores y trabajadoras de hogar pasarán a tener derecho a la prestación por incapacidad temporal, en los casos de enfermedad común o accidente no laboral, a partir del 9ş día de la baja, a cargo de la Seguridad Social, siendo a cargo del titular del hogar familiar el abono del subsidio desde el 4ş al 8ş día de la baja, ambos inclusive. A juicio de CCOO, se trata de un "gran logro" porque se pone así fin al hecho de que las trabajadoras del hogar no tengan derecho al subsidio por Incapacidad Temporal hasta después de casi un mes de haber enfermado o haberse accidentado.
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