La Corte Europea de Derechos Humanos afirmó que negar a las uniones
homosexuales el carácter de “matrimonio” no supone una violación de los
Derechos Humanos, y señaló que mientras “algunos estados miembro han
extendido el matrimonio a parejas del mismo sexo”, la ley europea
establece que el derecho de hombres y mujeres a casarse libremente “no
puede construirse como una imposición”. También resaltó que la
Convención Europa “consagra el concepto tradicional de matrimonio como
aquel formado por un varón y una mujer”.
La sentencia se da luego que un demandante finlandés acusara a su país
de no querer reconocer su cambio de sexo, de hombre a mujer, realizado
en 2009. Finlandia, que no reconoce las uniones gay, señaló que no podía
reconocer el cambio de sexo del demandante que estaba válidamente
casado con una mujer. En todo caso, explicaron, solo podía reconocer la
nueva identidad si el matrimonio con la esposa se disolvía mediante el
divorcio o su transformación en una sociedad civil.
El demandante indicó que el rechazo de aceptar el “matrimonio” de
dos “mujeres” y su impacto en el reconocimiento de su nueva identidad
eran una violación de sus derechos humanos, pero el máximo tribunal
europeo para los Derechos Humanos determinó el 16 de julio que no había
violación alguna, y afirmó que la inexistencia de amparo jurídico a las
uniones gay en aquél país no constituye una violación a la Convención
Europea de Derechos Humanos. No olvidemos que solo 10 países de la Unión Europe reconocen el gaymonio, mientras que la mayoría consideran el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer.
solo 10
estados de la Unión Europea lo reconocen, mientras que la mayoría de países
reconocen que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.