Revista Salud y Bienestar

¿Me pueden embargar las prestaciones o subsidios por desempleo?

Por Pedirayudas @Pedirayudas
¿Me pueden embargar las prestaciones o subsidios por desempleo?

En ocasiones cuando estamos cobrando una prestación o subsidio y al mismo tiempo teniendo deudas, puede llevarnos a pensar en si pueden ser embargadas o no.

Es cierto, que existen determinadas situaciones por las que se puede embargar la cuantía de las prestaciones por desempleo o los subsidios del SEPE.

Aplicación de una orden judicial o resolución administrativa

En este sentido, todas las personas que cobran un subsidio por desempleo o prestación contributiva del paro deben estar atentas, ya que la normativa permite que la Administración Pública le embargue la cuantía que se está recibiendo, por aplicación de una orden judicial o resolución administrativa. En cualquier caso, existen limitaciones al embargo.

De forma específica, desde el SEPE manifiestan que "podrán embargar la prestación contributiva o el subsidio por desempleo en aplicación de una orden judicial o resolución administrativa y en la cuantía que el título ejecutivo disponga".

Sin embargo, existe una limitación muy importante al respecto. No será posible que se embargue la prestación del paro o subsidio por desempleo en caso de que la cuantía de estas prestaciones sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI). En la actualidad, el SMI se sitúa en 1.000 euros brutos.

El importe a recibir en la prestación contributiva por desempleo depende de las bases de cotización a la Seguridad Social durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias. La cuantía si puede superar el SMI actual, por lo que también puede ser embargable si fuese conveniente.

La cuantía del subsidio por desempleo es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Dicho importe mensual en 2022 es de 463,21 euros. Al ser inferior al SMI actual, la Administración Pública no puede embargar el subsidio por desempleo en la actualidad.

Pensión de alimentos

Los profesionales del SEPE explican que "si el objeto del embargo es el pago de la pensión de alimentos a favor de los hijos o hijas, o el pago de la pensión compensatoria a favor del excónyuge, la resolución judicial podrá ordenar que se embargue el total de la cuantía de la prestación ".

Por lo que, si se pudiera realizar el embargo, se llevaría a cabo en una parte proporcional de la prestación por desempleo que recibe el usuario. Todo depende de la resolución judicial o administrativa al respecto. También del nivel de deuda del usuario.

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