Si estás cobrando el paro y decides buscar trabajo en algún país del Espacio Económico Europeo (EEE), puedes exportar tu paro. Esto te permitirá cobrarlo mientras encuentras trabajo, durante 3 ó 6 meses.
Sigue leyendo que te cuento todo lo que necesitas saber.
¿Qué significa "exportar el paro"?
Exportar el paro consiste en seguir cobrando la prestación o subsidio por desemple o (pagado por el SEPE), mientras se busca trabajo en un país del Espacio Económico Europeo.
El pago de las prestaciones lo sigue haciendo el SEPE y en la misma cuenta bancaria en la que te han venido cobrando el paro.
Las prestaciones se pueden exportar a los siguientes países:
- Países de la Unión Europea: Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Croacia, Portugal y Rumanía.
- Países del Espacio Económico Europeo (EEE): todos los países anteriores, junto con Islandia, Liechtenstein y Noruega.
- Suiza.
Requisitos para solicitar la exportación del paro
Los requisitos son los siguientes:- Ser beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo en España.
- Haber estado inscrito 4 semanas como demandante de empleo en España.
- La solicitud de exportación de las prestaciones se hace en la oficina de empleo española. Esta oficina te entregará un documento para presentarlo en el Servicio de empleo del país de destino.
Este documento es el U2, el cual autoriza a seguir percibiendo la prestación por desempleo mientras buscas trabajo en otro país.
Tanto la autorización como el U2 son válidos únicamente para un solo país europeo.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el paro exportado?
Se autoriza por un período máximo de 3 meses, prorrogables durante otros tres meses más, hasta un máximo de 6 meses.
Ya estoy en el país europeo, ¿qué puede suceder ahora?
Si ya estás en el país europeo, se pueden dar 3 supuestos:- Que en estos 3 meses encuentres trabajo en el extranjero: en este caso se suspende la prestación por desempleo.
- Que no encuentres trabajo en el extranjero y vuelvas antes de los 3 meses a España: podrás seguir cobrando el paro tal y como lo tenías reconocido antes de salir de España.
- Que no encuentres trabajo, superes el período máximo de 3 meses ( o 6 meses si solicitas prórroga) y no vuelvas a España: se extinguen las prestaciones, es decir, pierdes definitivamente el paro que te quedase por cobrar.