Revista Salud y Bienestar

Mi NIE vence durante el estado de alarma ¿Cómo lo renuevo?

Por Pedirayudas @Pedirayudas

El NIE es el número de identidad extranjero, que permite que las personas extranjeras puedan estar de forma oficial en España.

Los tramites iniciales no son sencillos y renovar el NIE tampoco lo es. Principalmente porque de un año a otro cambian las leyes y hay que estar al día para saber qué documentación se necesita. Además, con la crisis del coronavirus, estos trámites se han complicado aún más, y se han tenido que tomar medidas excepcionales, como en el caso de las demás gestiones.

Prorroga por el estado de alarma

Durante el estado de alarma y el confinamiento, con el fin de evitar que los ciudadanos extranjeros se encontrasen en una situación de irregularidad sobrevenida, se prorrogaron de forma automática todas aquellas autorizaciones que venciesen durante la vigencia del estado de alarma, así como de aquellas que vencieron en los tres meses previos a su declaración.

Dicha prórroga automática surtió efectos a partir del día siguiente al de la caducidad de la autorización y se extendería durante los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.

La institución encargada de tramitar el NIE es la Administración General del Estado. No obstante, se emite de manera efectiva por parte de la Dirección General de la Policía (DGP).

Como renovar el NIE

Tenemos 3 opciones por las cuales renovar nuestro NIE.

Lo primero que debemos de tener en cuenta es que, con la situación actual del COVID-19, el NIE, aunque esté caducado se prorrogará automáticamente mientras dure el Estado de Alarma y si las oficinas están cerradas o sin la posibilidad de brindar citas. Esto quiere decir que la caducidad de tu NIE se va a extender hasta que todo vuelva a la normalidad.

Por lo tanto, tendremos que informarnos primero de la situación en la que se encuentra al respecto nuestra Comunidad Autónoma.

En el caso de que la prórroga termine, estas son las formas de renovación disponibles:

Vía telemática

Este método será el más recomendable, tanto por comodidad como por seguridad ante el distanciamiento social para evitar contagios.

Será imprescindible disponer de certificado digital.

Para hacerlo simplemente debes acceder a la sede electrónica de las Administraciones Públicas mediante el sistema Mercurio, a través del siguiente enlace: sede.administracionespublicas.gob.es y seguir los pasos que se indican en la web.

Vía presencial

En el caso de que las oficinas estén abiertas, puedes realizar la renovación acudiendo de manera presencial a la oficina de extranjería pertinente según tu ubicación. Para hacerlo, deberás pedir cita previa a través de este enlace: sede.administracionespublicas.gob.es

Selecciona tu provincia y el trámite a realizar, y posteriormente elige día y hora dentro de los disponibles. Es recomendable pedir cita con bastante antelación, ya que suelen agotarse de manera muy rápida.

Por correo postal

Deberás preparar toda la documentación y acudir con ella a la oficina de correos más próxima a tu lugar de residencia. Allí te sellarán toda la documentación, te entregarán una copia y lo mandarán todo directamente a la oficina de extranjeros. Puedes conocer la dirección de tu oficina mas cercana en este enlace: Oficinas de tramitación para ciudadanos extranjeros.

No olvides realizar el envío con acuse de recibo y a través de correo certificado; se trata de un trámite importante y lograr la mayor seguridad es fundamental.

Plazo para la renovación

El plazo para la renovación es de 90 días como máximo. No obstante, es muy importante pedir cita previa para la renovación antes de que llegue el momento de que caduque.

No importará si te caduca el NIE una vez ya la tengas, ya que podrás enseñar el resguardo de tu cita y ésta actuaría como documento válido.

Documentación necesaria

  • Formulario EX-15 debidamente completado (puedes descargarlo desde aquí)
  • Pasaporte original, y una copia completa del mismo. Éste debe ser válido y estar en vigor. En el caso de ser ciudadano de la Unión Europea, el documento de identidad será suficiente y no hará falta pasaporte.
  • Una fotografía tamaño carnet.
  • Justificante del pago de la tasa pertinente, en este caso equivalente a 7,17€.
  • Un documento que justifique los motivos por los que queremos realizar el trámite. Este deberá de ser redactado por parte de un notario, por parte de tu empleador o gerente bancario.
  • En el caso de estar trabajando en el territorio español, también se deberá aportar la afiliación o número de la seguridad social.

Información adicional

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