Cuando me dijeron que iba a ser pasante en Be Bloggera, sentí un mar de ideas fluir en mi mente. Soy estudiante de derecho con una fuerte vocación social y pedagógica; siempre me ha gustado simplificar el derecho para que todas las personas puedan ejercer los suyos por sí solas.
Me puse a pensar qué temas podía presentar, como podía informar, asesorar o simplemente entregar conocimientos en esta comunidad. Es por eso que decidí que mi primera entrada se relacionara con el Derecho de Familia.
¿Por qué escogí este tema? Principalmente porque hoy en día los cuentos de la princesa y el príncipe, con el clásico final "y fueron felices para siempre", no siempre son así. Cada vez son más las parejas que se divorcian o se separan, y quienes quedan entre ambos en muchos casos son los hijos.En la mayoría de los casos, es la mujer quien asume el cuidado de sus hijos, tomando en cuenta de que siempre hay excepciones a la regla. Frente a esta situación de ruptura pueden originarse diversas situaciones, que ambos padres acuerden compensar los gastos económicos de los hijos (lo general suele ser la alimentación, el vestuario y la educación).Como a su vez, puede ocurrir que el padre o la madre, no deseen cooperar económicamente con los hijos.Si eres una mujer que ha tenido hijos, ya sea con tu marido o con tu pareja, (ya que para efectos legales los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio tienen los mismos derechos), tienes derecho a que el padre de estos te ayude económicamente a mantenerlos. Como a la inversa, si eres padre y no tienes los medios económicos para criar a tus hijos (ya sea porque estás cesante o bien no alcanzas a cubrir todos los gastos, también tienes derecho a que la madre de tus hijos te ayude con ellos).

