Esta Constitución, proyectada como provisional, proclamó la independencia de la llamada América Septentrional o Mexicana, otorgándole como forma de gobierno una república más o menos parlamentaria, en lugar de la monarquía. Declaraba al Catolicismo como religión oficial del nuevo Estado, así como el principio de que la soberanía reside originalmente en el pueblo mexicano. También hacía hincapié en las ideas de democracia representativa, los derechos individuales, la igualdad de todos los mexicanos ante la ley, y de la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Morelos y el Congreso constituyente recogieron y consolidaron en forma de ley las ideas de soberanía del Ayuntamiento de México de 1808, encabezado por Primo de Verdad, así como las de independencia, igualdad, y abolición de la esclavitud de Hidalgo. Por ello se considera que la Constitución de Apatzingán de 1814 fue una legislación liberal moderada, pues aunque en buena parte tuvo influencia de la Ilustración francesa como de la Constitución de Cádiz de 1812, todavía consideraba a la religión como principio esencial de las leyes, justificando así la intolerancia religiosa.
Aunque la Constitución de 1814 no fue tomada en cuenta por el Congreso de 1824, por sus principios republicanos más básicos, y en especial los de igualdad y de la división de poderes, es considerada como base del Constitucionalismo Mexicano.