Tras haber estado de baja médica o haber sido reconocida una incapacidad temporal, la responsabilidad de dar alta para que el afectado se reincorpore puede recaer en el Servicio de Salud de Autonomía, la Mutua de Accidentes o Enfermedades Profesionales o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
¿Pero qué ocurre si no estoy de acuerdo con dicha alta? Tienes derecho a impugnar la decisión.
En este artículo te explico los pasos a seguir cuando un trabajador recibe el alta y no está de acuerdo con la misma.
Primeros elementos a considerar
Para la impugnación de alta médica, debe tenerse en cuenta la duración de la baja médica. En este sentido, nos encontramos con dos tipos de bajas:
Impugnación de alta médica de bajas inferiores a 12 meses
En esta situación, los pasos a dar son los siguientes:
- Como trabajador dispones de un plazo de 10 días desde la notificación del alta médica.
- Debes presentar escrito de impugnación de alta médica en cualquier oficina del INSS. En este escrito debes alegar los motivos por los que consideras que tu alta no procede.
- Una vez que se impugna el alta, la baja médica se entiende prorrogada hasta que se resuelva la impugnación.
- En un plazo máximo de 15 días, el INSS emitirá la resolución, la cual podrá contener alguno de los siguientes pronunciamientos:
- Confirmar el alta médica.
- Declarar la continuidad de la baja médica.
En caso de confirmar el alta médica: dispones de 11 días desde su notificación para interponer reclamación previa contra la resolución.
El plazo para resolver la reclamación es de 7 días hábiles. Si no se obtiene respuesta durante este tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
Si obtienes respuesta, la reclamación podrá finalizar de dos formas:
- Confirmar nuevamente el alta médica.
- Declarar la continuidad de la baja médica.
En caso de volver a confirmar el alta médica, sólo te queda opción de interponer demanda en el plazo de los 20 días desde la notificación donde se desestime la reclamación previa, o desde que se cumpla el silencio administrativo.
Impugnación alta médica de bajas superiores a 12 meses
En este caso, los pasos a seguir serán los siguientes:
- Dispones de 4 días hábiles desde la notificación del alta médica.
- Debes presentar escrito de disconformidad de alta médica en cualquier oficina del INSS. En dicho escrito deberás alegar los motivos por los que crees que no procede el alta.
- Una vez es presentada la disconformidad, se da traslado de la misma al Servicio Público de Salud (SPS) y pueden suceder dos cosas:
Si el SPS considera que el trabajador debe continuar de baja, dispone de un plazo de 7 días para proponer al INSS que reconsidere el alta médica. Una vez que el INSS recibe la propuesta del SPS, dispone de 7 días naturales para pronunciarse expresamente; y aquí pueden suceder dos cosas: confirmar el alta médica o declarar la prórroga de la situación de incapacidad temporal o baja médica.
En caso de confirmarse nuevamente el alta, dispones de 20 días hábiles (desde la notificación del alta o desde que se cumpla el silencio administrativo), para interponer demanda. En estos casos, mi consejo es iniciar un procedimiento de Incapacidad Permanente.