"En Arenys de Mar tiene su inmobiliaria Xurde Rocamundi, sancionado por negarse "por principios" a incluir el catalán en la rotulación y los documentos de su establecimiento, y que ha llevado el caso a los tribunales."
En Catalunya no se multa por rotular en castellano. Se multa por no cumplir la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, que dice textualmente:
- Deben poder atender a los clientes tanto si hablan en catalán como en castellano (art. 32.1).
- Deben tener los rótulos fijos por lo menos en catalán (art. 32.3).
- Deben tener los documentos de oferta de servicios por lo menos en catalán (art. 32.3).
- En el caso que las empresas suscriban con los clientes contratos de adhesión, normados, con cláusulas tipo o con condiciones generales, los deben tener disponibles en ejemplares separados, en catalán y en castellano (art. 15).