Revista Economía

Novedades de la última reforma tributaria

Por Oresybryan @OresyBryan
Novedades de la última reforma tributaria

Desde Ores&Bryan queremos mantenerle informado de las novedades de la Reforma Tributaria 2017 aprobadas por el "Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre", por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. En referencia a las medidas referidas a la gestión tributaria se procede a la eliminación de la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de determinadas deudas tributarias entre las cuales destacamos:

1º Obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Cuando exista la obligación de fraccionar el pago del Impuesto sobre sociedades ya no se podrá solicitar aplazar el pago del mismo.

2º Tributos repercutidos, salvo que se pruebe que los mismos no han sido cobrados. Esto implica que ya no es posible aplazar el IVA a no ser que se acredite fehacientemente que no se han cobrado las facturas que repercuten ese IVA.

3º Liquidaciones tributarias confirmadas total o parcialmente en virtud de resolución firme cuando previamente hayan sido suspendidas durante la tramitación del correspondiente recurso o reclamación en sede administrativa o judicial.

4º Retenciones e ingresos a cuenta. Se traduce en que las retenciones que nos practique la Agencia Tributaria ya no podrán ser sustituidas por una aval o seguro de caución.

Para más información referente a esta reforma tributaria, pulse el siguiente enlace https://www.boe.es/boe/dias/2016/12/03/pdfs/BOE-A-2016-11475.pdf

Desde AvalesyFianzas.com queremos seguir preocupándonos por usted y estar a su plena disposición para cubrir sus necesidades en caso de querer aplazar cualquiera de los impuestos en los que la AgenciaTributaria aun permite que sean aplazados. A través del seguro de caución que le facilitamos ahorra tener que realizar un desembolso presente para adaptarlo a calendario de pagos acordado con la AgenciaTributaria, además le resultara mucho más económico que acudir a financiación bancaria, ahorrándose la CIRBE.


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