El pasado marzo conocíamos la nueva medida que obligaba a retomar el registro de la jornada de los trabajadores contratados por parte de las empresas. Este registro había dejado de ser obligatorio para la Inspección de Trabajo desde mayo de 2017 y tras una sentencia del Tribunal Supremo que eximía a las empresas de esta obligación.
Ahora, el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo ha obligado a volver al criterio inicial a partir del 12 de mayo.
¿Cómo ha de realizarse ese registro?, ¿a quiénes afecta esta obligación?, ¿cuándo entra en vigor la medida?
Puedes conocer las respuestas a estas y otras preguntas que te plantees en la siguiente infografía, elaborada por Infoautónomos, sobre el registro de la jornada de los trabajadores.
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