El pasado mes de julio se promulgó una nueva ley llamada “Ley de Sociedades de Capital” que sustituye a las anteriores Leyes de Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada y que proporciona por tanto un marco único y unificado tanto para las sociedades anónimas como las limitadas.
Entre las novedades más destacables está que los capitales mínimos pasan a ser los mismos que eran hasta ahora, pero sin los céntimos que resultaban de la conversión de pesetas a euros. es decir, ahora serán 60.000€ para las S.A. y 3.000€ para las S.L.
También destacabale es que a partir de ahora los administradores de las S.L. deberán asistir a las Juntas Generales de Socios, algo que hasta ahora sólo era obligatorio en las S.A.