La Ley de Familias, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que se ha aprobado este martes día 28 de marzo en el Consejo de ministros extiende la ayuda de 100 euros al mes por hijo de hasta tres años.
La ayuda de 100 euros al mes por hijo se extiende a todas las mujeres, que cumplan una serie de requisitos, con la Ley de Familias. Entre sus novedades, incluye un permiso retribuido de hasta cinco días al año para el cuidado de familiares. Asimismo, tendrán derecho a cobrar el nuevo cheque bebe universal, impulsado desde el seno del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, todas aquellas familias con hijos de hasta tres años.
Hasta ahora esta ayuda solo lo recibían las madres trabajadoras. Pero a través de la aprobación de la nueva ley también podrán acceder aquellas personas que estén percibiendo la prestación o subsidio por desempleo. Además, a todo ello se le añade, las personas que trabajan a tiempo parcial o temporal cobrarán la deducción reembolsable del IRPF completa y no en proporción.
¿Cuáles son los requisitos para pedir el cheque bebé de 100 €?
El Gobierno de España, ha explicado, a través de sus redes sociales, quiénes y cuáles son los requisitos para poder acceder a esta ayuda de 100 euros al mes.
- Mujeres con hijos menores de tres años.
- Si los progenitores son del mismo sexo también tiene derecho.
- El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
- Se extiende la renta crianza de 100 euros mensuales por hijo de 0 a 3 años a familias que estén percibiendo prestaciones contributivas o subsidios de desempleo.
- Familias que se encuentren en situación de monoparentalidad y monomarentalidad porque uno de los progenitores esté ingresado durando más de un año o permanezca en prisión o porque la custodia solo la tenga uno de ellos.
- Las madres que trabajan a tiempo parcial o temporal cobrarán la deducción reembolsable del IRPF completa y no en proporción.
¿Cómo solicitar la ayuda de 100 euros por hijo?
Para poder solicitar la ayuda de 100 euros por hijo, se debe presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria el modelo 140 debidamente cumplimentado, además del DNI tanto del solicitante como de los hijos. También se puede formalizar el envío de la solicitud a través de la web de la propia Agencia Tributaria, del correo electrónico([email protected]) o a través del teléfono901 200 347.
El Modelo 140 IRPF, corresponde a la Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones. En caso de cobrar el abono anticipado, no hace falta presentar una nueva solicitud por el mismo hijo. "Si cumples los nuevos requisitos, seguirás cobrando el abono anticipado", especifica Hacienda en su web.
La deducción de la cuota diferencial, se puede realizar a través de las siguientes vías:- De forma telemática: desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, será necesario contar con el Número de Identificación Fiscal (NIF), el DNI electrónico o un navegador con certificado electrónico instalado.
- Por teléfono: a través del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, llamando al número de teléfono gratuito 901 200 347. Para ello, se necesitará información relativa al NIF, número de cuenta bancaria, número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad y el importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF, al igual que los datos del registro civil que se muestran en el libro de familia.
- De forma presencial: el interesado o interesada tendrá que acercarse a cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cumplimentados. También podrá enviarse vía correo postal a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.