Revista Salud y Bienestar

Nueva sentencia judicial que abre camino a los derechos de las personas con autismo

Por Miguel @MiguelJaraBlog

En noviembre de 2013 el Bufete Almodóvar & Jara consiguió una importante sentencia judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) condenó a la Administración pública aragonesa por la exclusión educativa de un joven -R.A.P. afectado de autismo y con discapacidad severa. La sentencia reconoce la lesión de un derecho fundamental, a la educación, por parte de la administración aragonesa. Ahora el Tribunal Supremo corrobora la sentencia. Os cuento.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso del Gobierno de Aragón tras la primera sentencia y constata la vulneración del derecho fundamental a la educación de R.A.P. La Justicia en España es lenta, ya se sabe pero bien visto, en un año hemos recibido dos sentencias y ambas ayudan a seguir en el proceso. Ahora trataremos de que se garanticen los derechos en salud del chico.

¿A qué me refiero? A que además de lo conseguido, podemos decir sin tapujos que las “garantías psiquiátricas” -la medicación- de discapacitados mentales severos y autistas no es legal, pues estos medicamentos provocan RAM graves a los autistas y vulneran su derecho a la educación, básicamente porque les deja “fuera de juego”.

Autismo neurolépticos antipsicóticos

En un principio Educación trató de responsabilizar a los padres de la exclusión de su hijo, algo kafkiano. Se basaba en que los progenitores (el padre es psiquiatra) se negaban a someter a su hijo a un tratamiento farmacológico (neurolépticos o antipsicóticos) como “garantía psiquiátrica”.

El TSJA, por primera vez, indicó en una sentencia que los afectados de autismo no pueden ser excluidos o ser medicados con medicamentos ineficaces para esa dolencia.

Como es frecuente se intentaba prescribir, en opinión de los padres, sin consentimiento informado, sin examen de los hechos o planes educativos o asistenciales y sin siquiera valorar la opinión del psiquiatra, del propio afectado y de la sanidad pública, o sea con propósitos no terapéuticos sino más bien como control y castigo e incluso justificación de la exclusión misma.

El Supremo viene a corroborar nuestra teoría que al tiempo es un grave problema social pues se medica por la fuerza a los autistas con medicamentos que no están indicados para ellos y son peligrosos. Los autistas y los discapacitados mentales severos, y otros discapacitados, tienen derecho a que la sociedad atienda a sus necesidades y no al revés. El derecho a la integridad física y moral por el asunto del querer medicarle sin consentimiento informado también se ha vejado. Esto es lo que están haciendo con muchas personas como R.

Somos conscientes, en el bufete y la familia, que el proceso NO ha terminado pues el chico continúa excluido. Quizá, es mi opinión, esta demanda se les ha quedado grande tanto al TSJ como al TS. Éste, debido a la sobrecarga de trabajo y esto le ocurre en muchas ocasiones, se centra en un punto (en este caso el derecho fundamental a la educación) dejando de lado los anteriores solicitados. Queda una parte y por ello, pese a nuestro contento, continuaremos litigando.

No es exagerado escribir que estamos abriendo camino para que los derechos del colectivo de personas con autismo en España se hagan realidad pues en la situación de R. o similar hay miles de personas en España.

El TS además condena en costas a la Administración, de modo que los gastos del proceso no repercutan en la familia que sufre la discriminación. Ahora estamos en condiciones de exigir al Gobierno de Aragón daños y perjuicios por tal vulneración.


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