El vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha recordado que el impulso a la implantación del coche eléctrico es una de las apuestas del Gobierno en materia de ahorro de energía y de movilidad sostenible y las medidas aprobadas tratan de incentivar la compra de estos vehículos.
Tanto empresas como particulares podrán beneficiarse de un ahorro de hasta 6.000 € o un máximo del 25% del coste total del vehículo. Para ello hay que presentar una solicitud y todas aquellas peticiones serán gestionadas en riguroso orden de llegada. El plan tiene un presupuesto de 72 millones de euros y tiene de plazo hasta el 30 de noviembre de este mismo año o cuando se gasten los fondos si esto ocurre antes.
La documentación necesaria a presentar a la hora de solicitar la subvención es:
- Factura de compra del vehículo eléctrico
- Ficha técnica del mismo
- Permiso de circulación
- Documento que acredite al beneficiario
- Declaración de encontrarse al corriente de las obligaciones con hacienda
- Declaración de ayudas y subvenciones en el caso de autónomos y empresas
- Contrato de renting o leasing con al menos dos años de duración
- Declaración firmada de compromiso con el renting o leasing operativo
A tal efecto se han aprobado dos Reales Decretos, tanto para regular la concesión de las subvenciones como para crear la tarifa supervalle y regular el llamado gestor de carga.
El gestor de carga no es más que una entidad o establecimiento (como una gran superficie) que dispone de puntos de carga donde poder enchufar los vehículos. La novedad recae en que ántes la electricidad sólo podía ser comercializada por las compañías eléctricas, pero ahora un consumidor de energía como puede ser una gran superficie, una comunidad de vecinos o una empresa puede vender su propia energía.
En cuanto a la tarifa supervalle, se establecerá un nuevo sistema de discriminación horaria, porel cual se crearán tres períodos de 10 horas diarias, de 8 horas diarias y de seis horas diarias (supervalle). Esta tarifa supervalle se concentrará en invierno entre las 00.00 y las 06.00 horas, mientras que en verano será entre las 01.00 y las 07.00 horas y sólo se aplicará a los suministros con tensiones y potencias contratadas determinadas.
Con esto quizá nos planteemos mejor la posibilidad de adquirir un vehículo eléctrico, híbrido o eléctrico de rango extendido. ¿Qué os parece?
Fuente: www.es.autoblog.com, www.europapress.es, www.lamoncloa.gob.es, www.motoselectricas.net, www.motorpasionfuturo.com, www.vehiculoselectricos.com
Imagen: www.teslamotors.com