Revista América Latina

Nuevo Decreto 274/2024: Cambios en la Fórmula de Movilidad Jubilatoria

Por Mbesse
Nuevo Decreto 274/2024: Cambios en la Fórmula de Movilidad Jubilatoria

El Decreto 274 publicado en el Boletín Oficial el pasado 22 de marzo introduce cambios significativos en la fórmula de movilidad jubilatoria. A continuación, les brindaremos un resumen de los puntos clave de esta nueva normativa.

La nueva fórmula de movilidad jubilatoria establece que los aumentos que arroje el Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC), publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), serán trasladados a los pasivos, es decir, los jubilados.

Cuándo se aplicará la nueva fórmula

La primera actualización en base a la nueva fórmula de movilidad se hará efectiva a partir del mes de julio de 2024. Sin embargo, a modo de transición entre las 2 fórmulas de movilidad, el decreto estipula aumentos extraordinarios graduales durante abril, mayo y junio que se serán a cuenta de lo que hubiera correspondido según la fórmula anterior. En caso que los aumentos otorgados por la nueva fórmula sean inferiores, se pagará la diferencia. Por otro lado, si los aumentos son superiores, no se descontarán y se incorporarán al haber jubilatorio. Este escalonamiento pretende evitar errores ocurridos con las anteriores fórmulas de movilidad que dejaban algún periodo sin cubrir y que generó amplia litigiosidad, en ese sentido, este cambio viene a rellenar este bache.

En primer lugar, se pagará un aumento extraordinario del 12,5% en el mes de abril, sobre los haberes correspondientes a marzo, y sobre este incremento, se aplicará la primera medición de la nueva movilidad, basada en el IPC de febrero. En el mes de mayo se va a pagar la inflación de marzo y en el mes de junio se va a pagar la inflación de abril y a partir de julio será la inflación de mayo y así sucesivamente. Por ejemplo, en abril se abonará un aumento del 12,5% + un 13,2% correspondiente a la inflación de febrero.

Es importante destacar que aún no se aclara si las demás variables de referencia del sistema, como el valor de la PBU, la base imponible mínima y máxima, las cuotas de la moratoria y el tope para el pago de las cuotas de las moratorias, seguirán basándose en la misma inflación. Estamos a la espera de la reglamentación del decreto para aclarar estas cuestiones pendientes.

¿A quiénes afecta el cambio en la movilidad jubilatoria?

Esta nueva fórmula de movilidad jubilatoria alcanza a los jubilados y pensionados del régimen general (Ley 24.241), pero también incluye a algunos jubilados de regímenes especiales, como los investigadores y científicos del Decreto 160/2005, que no cuentan con un índice de movilidad propio y se basan en la movilidad del régimen general. Sin embargo, no afecta a los beneficiarios docentes del Decreto 137 ni a los del régimen de Luz y Fuerza, ya que tienen índices propios.

En cuanto a los jubilados de la Ley 26.508, correspondiente al régimen docente universitario, ellos se rigen por un índice propio trimestral llamado RIPDUN, por lo que no se verán afectados por esta fórmula. Sin embargo, hay dos segmentos dentro de este régimen que sí estarán comprendidos por la nueva normativa, son aquellos jubilados que cobran prestación por simultaneidad: entre servicios comunes y especiales; y entre el régimen de investigadores y científicos y el régimen docente universitario.

Nuevo Decreto 274/2024: Cambios en la Fórmula de Movilidad Jubilatoria

Algunas cuestiones a considerar son el bono de suplemento o refuerzo, cuyo monto no ha sido modificado hasta el momento, que se anunció en $70.000 pero aún no ha sido actualizado según las nuevas pautas.

Consideramos que el cambio en la fórmula de movilidad era necesario, ya que la anterior había conducido a una pérdida significativa de poder adquisitivo en los últimos años. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la actualización de las remuneraciones para la determinación de la primera jubilación debe hacerse conforme a la inflación (IPC) y no según el sistema actual RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), para evitar distorsiones y posibles litigios en el futuro.

En conclusión, el Decreto 274 introduce cambios importantes en la fórmula de movilidad jubilatoria, trasladando los aumentos según el IPC a los pasivos. Aunque aún quedan aspectos por aclarar, esperamos que esta nueva normativa contribuya a mejorar la situación de los jubilados y pensionados. Estaremos atentos a futuras reglamentaciones para brindarles más precisiones.


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