![Nuevo subsidio por desempleo ¿ha puesto el SEPE en marcha realmente una nueva ayuda? Nuevo subsidio por desempleo ¿ha puesto el SEPE en marcha realmente una nueva ayuda?](https://m1.paperblog.com/i/693/6933367/nuevo-subsidio-desempleo-ha-puesto-el-sepe-ma-L-ktAjIG.jpeg)
Recientemente hemos recibido multitud de consultas de nuestros lectores sobre "una nueva ayuda del SEPE de 451,95 euros" que, están difundiendo diversos medios.
Lo cierto es que aunque somos un medio con un conocimiento bastante amplio sobre ayudas, subsidios, prestaciones y recursos. Desconocíamos que se hubiera puesto en marcha semejante ayuda. Por lo que hemos investigado de donde procede este supuesto nuevo subsidio.
Concretamente, este hipotético nuevo subsidio podemos encontrarlo con una breve búsqueda en internet en varios medios, con titulares como: El nuevo subsidio por desempleo que ha lanzado el SEPE: requisitos y cómo pedir esta ayuda económica, El nuevo subsidio por desempleo que ha lanzado el SEPE o Cómo pedir el nuevo subsidio por desempleo de 451,95 euros.
En estos artículos hablan sobre la prestación por desempleo, una supuesta nueva ayuda y algunos subsidios por desempleo ya establecidos. Llegando incluso a mezclar los requisitos de diferentes subsidios por desempleo habituales del SEPE. El punto en común de estos artículos es que en el fondo, todos hablan sobre el subsidio que podemos encontrar en la Sede Electrónica del SEPE, con el siguiente titulo: Tengo más de 45 años y no tengo cargas familiares. Subsidio que en realidad lleva unos cuantos años activo.
Después de un analisis podemos determinar que sencillamente se trata de un titular tendencioso y/o desafortunado. Por tanto, confirmamos que se trata de una información errónea, ya que ni el SEPE ha lanzado un nuevo subsidio, ni la cuantía son 451,95 euros. Ya que como hemos mencionado anteriormente se trata del subsidio, para mayores de 45 años sin cargas familiares y en este año 2022 la cuantía de los subsidios se ha incrementado hasta los 463,21 €.
¿A que se debe esta confusión?
En este caso concreto se debe a que, un gran medio lanzo esta noticia sin contrastar la información ni verificarla y los demás medios sencillamente o han hecho un copia y pega o simplemente la han adaptado a su propio estilo. Generando confusión a multitud de personas, ya que la información es errónea.
¿En que consiste realmente el subsidio para mayores de 45 años sin cargas?
Este subsidio esta dirigido a personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo.
Requisitos
- Estar en desempleo.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
- Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
Los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio.
Si no reúnes el requisito de carencia de rentas podrás obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acreditas que lo cumples. Se considera como fecha del hecho causante aquella en la que se cumpla el plazo de espera de un mes o la de la finalización de la causa de suspensión.
Si la persona trabajadora tuviera derecho al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, percibiría este.
Duración
- Seis meses.
- En el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Cuantía
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este año 2022 son 463,21 €.
Puedes conocer todos los requisitos y como solicitarlo pinchando aquí.Esperamos haber resuelto las dudas que nos habéis trasladado sobre el "nuevo subsidio de 451,95 euros, (tengo más de 45 años y no tengo cargas familiares, si queréis encontrarlo en la web del SEPE), a través de este articulo.
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