Revista Arquitectura

Obligaciones del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución

Por Luissantalla

   Se ha hablado mucho, desde la salida del Real Decreto 1627/1997, sobre cuáles eran las obligaciones y funciones del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución, si es realmente un vigilante o el espíritu de la norma va más allá de un simple “guarda de seguridad”.

Obligaciones del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución

Antes de nada citaremos de una forma resumida el Artículo 9. Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, del citado Real Decreto:

a) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:

1º. Al tomar las decisiones técnicas y de organización.

2º. Al estimar la duración requerida para la ejecución de los trabajos.

b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva.

c) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.

d) Organizar la coordinación de actividades empresariales.

e) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.

f) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.

   De la lectura de lo expuesto anteriormente se extrae que el Coordinador de Seguridad y Salud no es un vigilante, como bien indican varios apartados su función principal es la de coordinar diferentes aspectos de la prevención y seguridad en la obra.

   Cabe indicar que para cumplir sus obligaciones tendrá que pasar por obra para establecer sus funciones, por ejemplo estableciendo periódicamente reuniones de coordinación, esto no es óbice para que en esos momentos de visita a obra pueda ver alguna situación que incumpla las normas de seguridad y tenga que actuar consecuentemente.

   No hay que olvidar que el Coordinador de Seguridad y Salud forma parte de la Dirección Facultativa, por lo que participa en las decisiones técnicas para cerciorarse de que se cumplen los principios de la acción preventiva.

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Fuente: Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relativos a las Obras de Construcción. INSHT.

Autor: Ginés


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