Evidentemente el primer paso es buscar el piso, pero no sólo hay que pensar en lo bonito o feo que sea el piso, también hay que pensar en el presupuesto que tenemos, en el transporte a nuestro lugar de trabajo o de estudio, si tenemos coche deberemos también tener en cuenta que tal se aparca por esa zona, y por supuesto necesitaremos ver el piso para poder valorar el mobiliario, el funcionamiento de las instalaciones etc.
Por supuesto eso no es todo en lo relativo a buscar el piso, también hay una serie de documentación que es recomendable y/o obligatorio pedir al propietario:
- Certificado de eficiencia energética: Este tipo de certificado es obligatorio por ley el tenerlo disponible por parte del propietario si se pretende alquilar o vender un piso.
- Inspección técnica del edificio: En caso de edificios con una serie de años, es recomendable solicitar una ITE para poder valorar el estado del edificio más en detalle que el mero aspecto estético.
Si se va a alquilar un piso, es recomendable recurrir a un contrato que servirá de vínculo legal entre las partes. Entre otras cosas debe figurar en el contrato la identidad de las partes (DNI etc), la identificación de la propiedad, vigencia del contrato, y el precio de alquiler con el que partimos.
Solicitando ayudas por alquiler:
Afortunadamente hay ayudas para el aquiler, de diferente naturaleza. Destacando entre otras la deducción correspondiente en la declaración del IRPF y subvenciones estatales visibles en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas.
De hecho las ventajas no son sólo para el que alquila la vivienda, también hay ventajas fiscales para el propietario de un piso que alquile este a jovenes de entre 18 y 30 años.
Proceso estandar para alquilar:
Si ya has encontrado un piso que te gusta, y el propietario está de acuerdo en alquilartelo, hay una serie de pasos que conviene seguir
- Señal: A veces se exige al inquilino el dar una señal a modo de garantía de reserva del piso, que suele rondar normalmente el valor de una mensualidad del alquiler
- Duración del contrato: Generalmente el período mínimo es de 6 meses, y lo máximo es de 3 años. Pero hay que tener en cuenta que actualmente el inquilino puede rescindir el contrato siempre y cuando lo notifique un mes antes.
- Fianza: Esta fianza supone una garantía que servirá para cubrir los daños ocasionados por el inguilino al piso en caso de que así fuera.
- Mensualidad: Normalmente al firmar el contrato entre propietario e inquilino, este pagará la primera mensualidad.
- Garantías adicionales: No siempre se dan, pero puede llegar a negociarse con el propietario el pago de garantías extra.