Revista Opinión

Patrimonio de las sociedades que quedan sin actividad

Publicado el 07 noviembre 2013 por Elblogderamon @ramoncerda
#patrimonio de las sociedades

¿Que pasa con el patrimonio de las sociedades cuando quedan inactivas?

Patrimonio de sociedades inactivas

¿Qué hacemos con él?

Cuando hablamos del patrimonio de las sociedades pequeñas que han quedado sin actividad, lo normal es que acabe repartido entre los socios de forma irregular, es decir, sin liquidar debidamente. ¿Es eso correcto?: Definitivamente no lo es, aunque lo pueda parecer y aunque hasta la fecha no haya sido el objetivo prioritario de persecución de Hacienda. No obstante Hacienda cada vez mira más los pequeños detalles y busca los pequeños fraudes porque son fáciles de atacar. Mucho más fáciles que buscar y perseguir el verdadero fraude.

No vale eso de dejar la sociedad inactiva y que un socio se lleve el coche y el otro los ordenadores o arreglos similares. La empresa debe de entrar en liquidación y adjudicarle a cada uno de los socios la parte que le corresponda del patrimonio de las sociedades que quedan sin actividad. Importe que deberán declarar en su renta, haciendo constar como beneficio la diferencia entre lo que se aportó en su día y lo que se retira.

También habrá que inscribir la liquidación y disolución en el Registro Mercantil y comunicarlo a Hacienda.

Si no se hace nada de eso, que al final es lo normal: no hacerlo, ¿qué ocurre? Pues que durante toda la vida el administrador estará obligado a presentar, al menos, el impuesto de sociedades y las cuentas anuales, y de no hacerlo, la empresa incurrirá en sanciones; sanciones que si no paga, acabarán derivándole al administrador.

También podría ocurrir que tuviera una inspección y detectaran esos movimientos de patrimonio, en cuyo caso podría ser sancionable.

Mi consejo en estos casos siempre es finiquitar legalmente la sociedad para evitar problemas, especialmente si se es administrador que, al final, será el máximo responsable de cualquier irregularidad.

Actualmente el registro mercantil no está sancionando por no presentar las cuentas anuales, aunque puede hacerlo (200.000 de las antiguas pesetas por cada año no presentado). Quien sí que suele sancionar es Hacienda por no presentar el impuesto de sociedades.

Ramón Cerdá

Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/patrimonio-de-las-sociedades/.

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