¿Existe el respeto a la propiedad privada? Cuando oigo hablar de edificios ocupados ilegalmente o de edificios alquilados en los que el inquilino no paga el alquiler y no hay forma de recuperar la propiedad… la verdad es que tengo mis dudas. Cierto que siempre habrá quien defenderá que si un inmueble no está siendo utilizado es mejor que alguien lo okupe… aunque sea ilegalmente. Desde luego no comparto opinión, al menos si la propiedad ha sido adquirida legítimamente. Pero no iba a hablar de este tema hoy, lo que ocurre es que otra cosa me la ha recordado y, salvando las distancias, me parecen cuestiones, en cierto modo relacionadas, aunque ahora se trate de patrimonio histórico. Y no, no voy a hablar de inmuebles considerados patrimonio histórico que sus legítimos propietarios se ven obligados a conservar y, al mismo tiempo, deben cederlos de algún modo, aunque sea parcialmente (cosa que tampoco comparto). Voy a hablar de otro patrimonio histórico, en esta ocasión, de un Picasso.
¿Es el Picasso de Botín patrimonio histórico?
¿Patrimonio histórico o propiedad privada?
Por lo visto Jaime Botín es dueño de un Picasso que adquirió (es de suponer que legalmente) en 1977 y que forma parte de su colección privada, o sea, que no está expuesto en ningún museo y el cuadro es suyo, en teoría para lo que quiera, pero curiosamente los tribunales le impiden llevárselo a Londres alegando que es inexportable y considerado único y de excepcional importancia por Patrimonio Histórico y por el Museo Reina Sofía. Y digo yo… ¿qué cuadro no es único?, al fin y al cabo estamos hablando de un original y no de una falsificación.
Fue el ministro Wert en 2013 quien habló de la inexportabilidad del cuadro, cuestión que luego fue confirmada por los tribunales.
Christie’s Ibérica fue quien hizo la solicitud de exportación, y quien en nombre del propietario presentó toda la documentación. Ante la negativa de los tribunales, se ha alegado que el propietario directo no es Botín sino una empresa panameña, y también se ha alegado que el cuadro no está actualmente en territorio español porque se encuentra en una embarcación británica en un puerto español.
Todo esto ha sido rechazado por los tribunales que dicen, por una parte, que existe una cesión del cuadro a la sociedad, pero no un cambio de propiedad (matices que tienen su intríngulis), y en cuanto a lo del barco: «la existencia de un buque en un puerto español, salvo que se trate de naves militares, le hace someterse a las normas del Estado ribereño»
Así que parece ser que el cuadro se queda en España, quiera o no el propietario. ¿Qué quieren que les diga? No comparto criterio.
Por cierto, no hace mucho, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid prohibió, también a Christie’s, subastar una carta de 1498 que Cristóbal Colón envió a su hijo Diego, propiedad de la Fundación Casa de Alba y valorada en 21 millones de euros. Mucho intervencionismo veo yo para que luego nuestro Gobierno venda y privatice lo que le dé la gana. Vamos a ver, ¿puede el Gobierno privatizar empresas que a todas luces nunca deberían ser privatizadas ni vendidas a extranjeros y no permiten que los legítimos propietarios de unos bienes privados los vendan o los trasladen de lugar? Esto huele a podrido.
Ramón Cerdá
Patrimonio histórico versus propiedad privada was last modified: mayo 7th, 2015 by Ramón Cerdá