Revista Opinión

Paula Gaviria y sus desacatos

Publicado el 31 diciembre 2015 por Leonhor
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A las numerosas acciones de tutela en las que distintas instancias judiciales han criticado ciertas gestiones de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas (Uariv), se suma el posible interés de su directora, Paula Gaviria, de impedir la notificación de decisiones que le son desfavorables. Así parece advertirlo una determinación del Consejo de Estado.

La cabeza de esa entidad gubernamental recibió una nueva sanción por desacato a una acción de tutela. Pero esta vez no se trata del simple incumplimiento a una resolución judicial. La providencia que resuelve el incidente se convirtió en un verdadero regaño a la funcionaria. Para el Consejo de Estado es notable el interés de ella por evitar que la entidad a su cargo sea notificada.

No es la única sanción por incumplimiento de decisiones judiciales que se le impone. En septiembre de este año ordenaron arrestarla por no cumplir la decisión de un juez que le concedía el derecho de reparación administrativa a una víctima de violencia en Norte de Santander.

En ese entonces, un juez laboral de Cúcuta (Norte de Santander) ordenó detener por tres días a la funcionaria. Además, le impuso el pago de una multa por más de 107.000 pesos. En esta oportunidad, el costo de la omisión es sólo monetario y bajo. Sin embargo, lo que pone en evidencia es que la paciencia de algunos jueces, como la de los magistrados del Consejo de Estado, se empieza a agotar.

Ahora el Consejo de Estado no se limitó a imponerle la sanción pecuniaria, esta vez de 635.000 pesos. Aprovechó la oportunidad para ‘halarle las orejas’ a la funcionaria, pues, en su criterio, parte del problema radica en que ella se muestra interesada en evitar que la Unidad sea notificada de acciones de desacato como esta.

Según la providencia, la notificación por correo electrónico ha sido un canal cerrado. También lo ha sido la notificación personal, entre otras cosas porque la Unidad impide el acceso a las oficinas de personal ajeno al organismo gubernamental. Para el tribunal, la responsabilidad es de la directora.

“(…) Ante los múltiples desacatos que se inician en su contra, es su deber establecer los canales necesarios para que le puedan ser notificadas de manera personal las decisiones que la perjudican, pero que, contrario a ello, lo que se evidencia es el interés de la incidentada en que ello no ocurra”, dice la providencia.

Como lo narra la providencia misma, lo que se pone en evidencia en esta oportunidad es que la Unidad ha impuesto las barreras. De ahí el fuerte llamado de atención a su directora, pues el incumplimiento de las decisiones judiciales, en este caso, implica el desconocimiento de los derechos de víctimas de grupos armados al margen de la Ley.


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