Revista Cultura y Ocio
Pensionistas en defensa de sus derechos reclaman al Estado
Publicado el 31 enero 2013 por CiberculturaliaMientras el país arde con los casos de corrupción con apellidos como Bárcenas o Urdangarín, entre otros muchos, los ciudadanos intentan seguir viviendo eso sí, muy sobrecogidos y en este caso sin sobres cogidos y abultados.
Entre ellos están los pensionistas, cada vez más asustados y cada vez más angustiados soportando mucha de las cargar familiares. Por eso está habiendo un movimiento para reclamar al Estado lo que a todas luces es su derecho: la revalorización de las pensiones de acuerdo con la ley general de la Seguridad Social, artículo 48 que dispone que "las pensiones serán revalorizadas al comienzo de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo".
Este Gobierno, de forma torticera, a lo cual ya nos tiene bastante acostumbrados, publicó un Real Decreto el pasado diciembre de 2012, negando ese derecho previsto en la ley antes mencionada. Y lo que es peor lo hace con caracter retroactivo, ya que afecta al año 2012, lo cual es social y moralmente inaceptable.
Por esta razón animo a los pensionistas a que se sumen a esta protesta colectiva enviando una reclamación al Instituto de la Seguridad Social, del Ministerio de Empleo o, en su caso, a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, del Ministerio de Hacienda.
Cuantos más lo envían mayor fuerza se hará. Les dejo un modelo para que cada uno lo personalice de acuerdo con sus datos, bien porque sea un pensionista afectado por el incremento del 1% o bien del 2%. En todo caso, siempre por debajo de lo previsto que hubiera sido el 2,9%.
AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ______________________________ mayor de edad, con domicilio que consta en el expediente administrativo, con documento de identidad núm__________________. E X P ONGO Que formulo SOLICITUD de abono de la revalorización de mi pensión desde 01/01/2012 hasta 30/11/2012. Todo ello en función de los siguientes
HECHOS PRIMERO.-Soy beneficiario de una pensión del sistema de la S.S. reconocida con anterioridad al 01/01/2012. El importe mensual bruto de la misma es durante el año 2012 de _____________€. Para el año 2012 solo se incrementó la pensión en un 1%. SEGUNDO.-El objetivo de esta solicitud es que se me abone la revalorización de mi pensión correspondiente al periodo desde 01/01/2012 hasta 30/11/2012, en función del IPC real a noviembre de este año, es decir 2,9%, superior al 1% previsto por el Gobierno. TERCERO.-El artículo 48 de la ley general de la Seguridad Social, que regula el derecho de los pensionistas a la revalorización anual de su pensión es muy claro, "las pensiones...serán revalorizadas al comienzo de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo". Sin embargo, el pasado 1/12/2012 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social, que supone un absoluto desprecio a la legalidad ordinaria -art. 48LGSS y el derecho de revalorización-pero también por el orden constitucional, al negar a nuestros pensionistas el derecho a percibir prestaciones sociales suficientes. Así, el Ejecutivo utiliza nuevamente la figura del Decreto-Ley para, con carácter urgente, golpear en la línea de flotación de uno de los pilares básicos del sistema de pensiones, dejando si efecto la revalorización y actualización de las pensiones, decidiendo, nuevamente con las excusa de la crisis:
1) Dejar sin efecto para el ejercicio 2012 la actualización de las pensiones de la Seguridad Social como las de Clases Pasivas del Estado. 2) Suspender para el ejercicio 2013 la aplicación de las revalorizaciones previstas por la ley tanto para las pensiones de la Seguridad Social como las de Clases Pasivas del Estado. Lo que supone, hablando claro, que para el ejercicio 2013 el IPC -actualmente del 2,9%no actúe como factor de corrección de las pensiones del sistema. Sin embargo, la no revalorización, entendemos, NO TIENE EFECTOS PARA TODO EL EJERCICIO 2012, sino exclusivamente sobre el periodo pendiente desde la publicación del Real Decreto Ley -01/12/2012-hasta el 31/12/2012, manteniéndose vivo el derecho del pensionista a la revalorización de su pensión desde 01/01/2012 hasta 30/11/2012. ¿Por qué llegamos a tal conclusión? Básicamente por dos motivos: 1) Por que a pesar de la contundente afirmación inicial del ejecutivo “Se deja sin efecto para el ejercicio 2012 la actualización de las pensiones en los términos previstos en el apartado 1.2 del artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 27 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril”, sin embargo, la Disposición final tercera del RDLey señala que la entrada en vigorse produce el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o sea, el 01/12/2012, por lo que NINGUNA DUDA CABE QUE EL DERECHO A LA REVALORIZACIÓN HA DE TENER PLENA EFICACIA HASTA AQUELLA FECHA. 2) Por que no cabe atribuir efectos retroactivos a la norma-que de hecho, ya lo hemos visto con la fecha de entrada en vigor, no lo lo establece expresamente-, ya que se trata de una norma restrictiva de derechos, y recordemos que el art. 9,3 de la Constitución Española establece expresamente que la misma “....garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”. CUARTO.-En definitiva, la norma es social y moralmente inaceptable. Desde un punto de vista constitucional vulnera los artículos 9, 14, 40 y 41 de la vigente. Constitución y desde un punto de vista estrictamente jurídico, solo puede desplegar sus efectos desde 01/12/2012, permaneciendo inalterable el derecho a la revalorización desde 01/01/2012 hasta 30/11/2012. Por lo expuesto, SOLICITO, que se admita este escrito y se proceda a revalorizar mi pensión, de acuerdo al IPC del 2,9% de noviembre de 2012, y con efectos desde 01/01/2012 hasta 30/11/2012. En.... a fecha de.....firma