Si te concedieron el estado de residencia condicional por matrimonio o la residencia condicional por dos años, el divorcio o la separación de tu cónyuge puede llevar la pérdida de tu estatus como residente y a tu posible deportación.
¿Puedo perder mi residencia si me divorcio?
La ley de inmigración en Estados Unidos está diseñada para evitar que las personas contraigan matrimonio con el único propósito de obtener la residencia legal. Por esta razón, divorciarse con menos de dos años después obtener la residencia condicional puede resultar en la eliminación del estatus de residente permanente.
Sin embargo, no todos los matrimonios que terminen durante los dos años terminarán en la terminación de tu residencia o tu deportación. Por ejemplo, si eres víctima de abuso o violencia doméstica por parte de tu cónyuge, puedes solicitar una exención.
Estatus de residencia permanente condicional
No todas las relaciones matrimoniales son tratadas del mismo modo bajo la ley de inmigración de Estados Unidos. Por ejemplo, un inmigrante que se casa con un residente o ciudadano americano obtiene una residencia permanente condicional.
Entonces, ¿perderás tu residencia si te divorcias?
Bien, si te separas legalmente o te divorcias de tu pareja antes de cambiar el estatus de tu residencia condicional, es posible que pierdas el derecho legal de permanecer en Estados Unidos.
Recuerda que obtuviste la residencia condicional por matrimonio con la condición impuesta de que estuvieron casados menos de dos años. Después de este tiempo, puedes cambiarla a una residente permanente al probar que el matrimonio se celebró por los motivos correctos y no con el fin de obtener un beneficio migratorio.
Puedes cambiar tu residencia condicional a una permanente dos años después de haber recibido la residencia y al presentar el Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia, con un mínimo de 90 días antes del segundo aniversario de tu condición de residente permanente condicional.
¿Cómo evitar perder la residencia si me divorcio?
Si estás al borde del divorcio o la separación, tu mejor opción será consultar a un abogado de inmigración para que te ayude en el proceso de eliminar el estado condicional.
La razón es porque el estado de residente condicional solo se puede eliminar después de dos años de residencia legal, siempre y cuando presentes una aplicación conjunta con tu pareja solicitando la eliminación de tales condiciones.
Antes de eliminar las condiciones de tu residencia condicional por matrimonio, debes presentarte junto a tu pareja para una entrevista personal con un empleado o funcionario del Departamento de Seguridad Nacional o USCIS.
Es absolutamente necesario que tú y tu pareja llenen juntos el Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones en la Residencia.
Si no presentas este formulario antes del segundo aniversario de obtener el estado de residencia permanente condicional, puedes estar sujeto a deportación cuando expire el estado condicional.
Para eliminar el estatus condicional, la pareja debe demostrar que el matrimonio se celebró legalmente de buena fe y no se ha anulado o rescindido judicialmente.
Esta petición debe presentarse al menos noventa días antes del segundo aniversario de la residencia permanente y se programará una entrevista dentro de los noventa días de la presentación de la petición.
Excepciones para no perder tu residencia condicional en caso de divorcio
¿Hay alguna una excepción para no perder la residencia en caso de divorcio? Un cónyuge sujeto a un estado condicional puede eliminar esa condición mediante la presentación de una petición oportuna conjuntamente con su cónyuge.
Como ya sabes, si no presentas el Formulario I-751 antes del segundo aniversario de tu residencia permanente o si no presentas una declaración conjunta con tu cónyuge, puedes estar sujeto a deportación.
Sin embargo, puedes ser exonerado tanto de la puntualidad como de los requisitos de presentación conjunta en ciertas circunstancias.
Si una persona puede demostrar que una o más de las siguientes circunstancias aplican a su caso, puede renunciar a uno o a ambos de los requisitos de presentación:
- La deportación resultaría en dificultades extremas.
- No tuviste la culpa de no presentar el Formulario I-751 a tiempo.
- El matrimonio se celebró de buena fe, pero el cónyuge inmigrante fue maltratado o sometido a crueldad extrema por el ciudadano estadounidense o cónyuge residente permanente.
La importancia de buscar la ayuda de un abogado de inmigración es especialmente crucial si necesitas una de estas exenciones.
Deportación como resultado del divorcio
Un matrimonio que se termina legalmente antes de que se elimine el estatus condicional puede resultar en la deportación del inmigrante. Esto se debe a que la ley está destinada a eliminar los matrimonios que se celebraron con el único propósito de obtener beneficios de inmigración.
Si el Departamento de Seguridad Nacional determina que el matrimonio calificado ha sido “anulado o rescindido judicialmente” por una razón que no sea la muerte, el cónyuge extranjero puede solicitar la revisión de un juez de inmigración antes de ser deportado.
Cuando un juez de inmigración revisa la decisión, la carga se impone a la persona sujeta a deportación, quien debe demostrar que su matrimonio se celebró de buena fe.
Evidencia que puedes presentar
La evidencia que se puede considerar para la determinación del juez incluye:
- Documentos relacionados con los activos y pasivos financieros de la pareja casada
- Documentos sobre el periodo que vivieron juntos después del matrimonio y después de que el cónyuge inmigrante obtuvo la residencia permanente
- Certificados de nacimiento de niños nacidos durante el matrimonio
- Cualquier otra evidencia pertinente.
Si tu matrimonio es legalmente invalidado a menos de dos años después de haber recibido el estatus de residente permanente condicional, la responsabilidad de demostrar que el matrimonio se celebró de buena fe caerá en tus hombros.
De igual manera, si no puedes demostrar que intentaste pasar tu vida con el ciudadano o residente con el que te casaste, es probable que estés sujeto a deportación.
Si te divorcias después de los 2 años…
Si obtuviste la residencia legal permanente a través de un matrimonio que terminó en divorcio después que se eliminaron las condiciones, o estuviste casado más de dos años antes de obtener la residencia permanente, tu divorcio no resultará automáticamente en un proceso de deportación y probablemente no perderás tu estado de residente.
Tu estatus de residente legal permanente no será cuestionado, pero no podrás solicitar la naturalización o ciudadanía de Estados Unidos en base al matrimonio. Tu caso será revisado nuevamente y puedes verte forzado a demostrar que el matrimonio fallido fue celebrado de buena fe.
Residencia condicional y un caso de muerte
La ley de inmigración estadounidense no está escrita para castigar a aquellos cuyos matrimonios terminan antes de la muerte de su cónyuge. La deportación solo ocurrirá si hay motivos para creer que se celebró un matrimonio con el único fin de obtener la residencia permanente.
¿Tienes más preguntas sobre este tema? Déjanos un comentario y te ayudaremos a solucionar tus dudas.
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