Revista Opinión

Plataforma de afectados por requerimientos de juego online

Publicado el 06 julio 2016 por Elblogderamon @ramoncerda

Ayer estuve hablando durante un buen rato con uno de los afectados por los criterios (absurdos y manipulados) que tiene Hacienda para el cálculo de los ingresos por juego online. Mi propuesta final fue que deberían (lamentablemente yo no me puedo encargar de tal cosa)  constituir una plataforma de afectados por requerimientos de juego online. Sería la opción más adecuada para llevar a tribunales los requerimientos enviados indiscriminadamente y que, según el criterio de Hacienda, interrumpe la prescripción del ejercicio 2011, el más jugoso para ellos.

¿Por qué estoy a favor de la Plataforma de Afectados por Requerimientos de Juego Online?

#Plataforma de afectados por requerimientos de juego online

Plataforma de afectados por requerimientos de juego online. Alguien debería de plantearse muy seriamente su creación inmediata.

Mi intención al proponer tal cosa no es, ni mucho menos, incentivar al fraude fiscal, sino luchar contra el abuso constante que ciertas interpretaciones malintencionadas (sí, tengo constancia de que hay mala fe en la interpretación) de Hacienda están provocando. Los impuestos hay que pagarlos, y quien no los haya declarado, bien está que se le reclamen, pero no podemos estar hablando de que las actas de liquidación se abran por unos importes a pagar que pueden superar con creces a lo ganado, y eso es, ni más ni menos, lo que ocurrirá si Hacienda acaba abriendo paralelas del 2011. ¿Por qué? Por la mala interpretación de la ley; una ley que de hecho, no es que cambió, sino que se aclaró en 2012, y si se aclaró es por algo, porque Hacienda estaba interpretándola de manera criminal. Y sí, digo criminal porque si se le abre un acta en la que alguien que ha perdido 40.000 euros debe, además, pagar otros 18.000 (caso real aunque con cifras redondeadas) y se procede de inmediato a embargar, eso tendría que estar tipificado como delito, es criminal y prevaricador. En mi anterior artículo hablaba de una liquidación todavía más escandalosa, pero no tengo la autorización para entrar en más detalle en este artículo.

El propio criterio de Hacienda de no compensar pérdidas en ejercicios anteriores al 2012, choca con alguna de las liquidaciones que han hecho. Voy a hablar de una de ellas, también redondeando cifras y sin dar datos concretos; solo como ejemplo para que se entienda lo que quiero explicar:

El asunto es anterior a los requerimientos de los que estamos hablando ahora, pero es un caso similar que se encuentra en tribunales:

Año 2009: Beneficio real no declarado:  40.000 euros

Inspección con acta abierta por 123.000 euros

De entrada estamos hablando de un sinsentido porque la base para el cálculo de los impuestos supera el beneficio. Para que se me entienda: es como si un trabajador mileurista que cobra limpios 14.000 euros al año, tuviera que tributar en su declaración de renta por 43.050 euros y después de pagar a Hacienda se quedara sin nada. ¿Qué ley puede promover tal cosa? Lo que dice la ley es que no se podrán declarar pérdidas patrimoniales por juego, cosa bien distinta porque se refiere a que si durante un año se ha perdido dinero en el juego, estas pérdidas no se pueden compensar con otros ingresos en renta (por ejemplo con los del trabajo o de alquileres), lo cual es muy lógico. Pero no significa que no podamos deducirnos las apuestas perdedoras del montante total de los beneficios por el mismo concepto.

Como decía, la propia Hacienda entra en contradicciones en este caso porque al liquidar 123.000 euros y decir que no compensa pérdidas, en realidad sí que lo está haciendo porque el desglose de las apuestas de todo el año 2009 superaban los 2,5 millones de euros. ¿Qué ha ocurrido entonces?

Lo primero, que Hacienda no sabe muy bien por dónde va y tiene datos sesgados y parciales de lo ocurrido, basándose en listados dudosos e incompletos de las casas de apuestas. En este caso concreto parece ser que se trataba de apuestas cruzadas y, finalmente, lo que han hecho ha sido agruparlas por mercados, pero lo cierto es que al hacerlo así (y sin saberlo) sí estaban compensando pérdidas. Pero no de la manera correcta porque esos ingresos de juego, independientemente de que provengan de mercados de apuestas distintos, y sean apuestas cruzadas o simples, son del mismo ejercicio y, por lo tanto, se deben sumar por una parte todos los ingresos (2.540.000 euros) y por otro lado todas las pérdidas (2.500.000), para llegar al resultado de 40.000 euros de beneficio que sí que debería tributar.

Hay muchos casos sangrantes: jubilados y gente joven que, después de haber perdido dinero, estar diagnosticados de ludopatía e inscritos voluntariamente en el registro de adictos para que no los acepten en ninguna plataforma de apuestas, se encuentran ante la perspectiva de tener que pagar a Hacienda después de haberlo perdido todo. ¿Qué justicia es esa que obliga a pagar por unos beneficios inexistentes?

Alguien debería de promover la creación de la Plataforma de Afectados por Requerimientos de Juego Online (PARJO).

¿Quién se anima?

Ramón Cerdá


Volver a la Portada de Logo Paperblog