Revista Opinión

Plazos de emisión y envío de facturas

Publicado el 25 marzo 2017 por Elblogderamon @ramoncerda

Estoy seguro de que a estas alturas todavía hay muchos empresarios que desconocen que existen plazos de emisión y envío de facturas que deben cumplirse, y que si no se cumplen, existen sanciones por ello. Y no solo eso, sino que desde enero de este año 2017, los plazos se han acortado sensiblemente. ¿Alguien había oído hablar de eso? Es curioso que este tipo de normas pasen desapercibidas tan a menudo… ¿O solo me lo parece a mí?

¿Cuáles son los plazos de emisión y envío de facturas?

#Plazos de emisión y envío de facturas

Plazos de emisión y envío de facturas. Los han acortado

Como he comentado al principio, los plazos no son los mismos ahora que hace unos meses, pero me parece interesante apuntar ambos plazos para ver las diferencias y poder comentarlas:

Plazos de emisión y envío de facturas en vigor hasta el 31 de diciembre de 2016:

La expedición de las facturas (cuyo destino fueran empresas, no particulares) debía realizarse antes del día 16 del mes siguiente a la operación. Después de su emisión, la empresa tenía un plazo de un mes para enviarla a sus clientes.

Plazos de emisión y envío de facturas en vigor desde el 1 de enero de 2017:

Esto bien merece una queja. Todo contribuyente debería leer este libro

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El cambio sustancial está en la segunda parte que ha sido eliminada. Ahora, aunque la factura también podrá ser emitida hasta el 16 del mes siguiente, no existirá el mes adicional para el envío al cliente. Lo que me pregunto es cómo pueden controlar este punto. Está claro que la emisión se puede comprobar en una inspección, ¿pero cómo pueden demostrar que no las hemos enviado en plazo a nuestros clientes si el envío puede ser por correo ordinario?

La sanción por incumplir el plazo establecido en la emisión y envío de las facturas es del 1% de la cuantía total (no tengo claro si en el cálculo se computa el IVA o solo la base, aunque creo que es con IVA incluido).

Ramón Cerdá


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