En los Diarios de Sesiones de las Cámaras se reflejan literalmente los debates habidos en los plenos y las comisiones respectivas y las resoluciones adoptadas en cada una de ellas. Los demás documentos parlamentarios: proyectos de ley, proposiciones de ley, interpelaciones, mociones, preguntas, y el resto de la actividad parlamentaria, se recogen en los Boletines Oficiales del Congreso de los Diputados y del Senado. La información parlamentaria se estructura en la siguiente forma:
A. Congreso de los Diputados
1. Boletines Oficiales:
Serie B: Proposiciones de leySerie C: Tratados y Convenios Internacionales
Serie D: General
2. Diarios de Sesiones:
Pleno y Diputación Permanente
ComisionesComisiones de Investigación
B. Senado
1. Boletines Oficiales:
Apartado I: Iniciativas legislativas
Apartado II: MocionesApartado III: Autorizaciones
Apartado IV: Otras actividades parlamentarias
Apartado V: Normas sobre asuntos parlamentarios
Apartado VI: Administración del Senado
2. Diarios de Sesiones:
Pleno
Diputación PermanenteComisiones
Comisiones conjuntas
C. Cortes Generales (Reunión conjunta de ambas Cámaras)
1. Boletines Oficiales:
Serie A: Actividades Parlamentarias
Serie B: Régimen Interior2. Diarios de Sesiones:
Comisiones Mixtas
Sesiones ConjuntasDesde este enlace pueden acceder a toda la información parlamentaria de la presente legislatura. Les recomiendo los enlaces a los Diarios de Sesiones de los plenos de ambas cámaras y de sus comisiones así como a los que recogen los proyectos de ley gubernamentales y las proposiciones de ley de los grupos parlamentarios.
Y desde estos otros a las páginas oficiales, actualizadas diariamente, de:Casa de S.M. el Rey
Presidencia del Gobierno
Boletín Oficial del Estado
Tribunal Constitucional
Tribunal Supremo de Justicia y Consejo General del Poder Judicial
Consejo de Estado
Parlamento Europeo
Comisión Europea
Consejo Europeo y Consejo de la Unión Europea
Diario Oficial de la Unión Europea
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Entre la documentación de la pasada semana me permito recomendarles por su especial interés la Nota informativa y la correspondiente Sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 30 de enero pasado, en la que otorga su amparo a un ciudadano al que se denegó una petición de habeas corpus, por entender que las Directivas de la Unión Europea son directamente aplicables al derecho nacional, aun antes de su transposición al mismo, cuando el Estado ha incumplido los plazos previstos para ello.
Y en este otro enlace, la Sentencia C-560/14 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre Procedimientos prejudiciales; espacio de libertad, seguridad y justicia; normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados; solicitud de protección subsidiaria; regularidad del procedimiento nacional de examen de una solicitud de protección subsidiaria presentada tras la denegación de una solicitud de concesión del estatuto de refugiado; derecho a ser oído; derecho a una audiencia oral, y derecho a designar y a repreguntar a testigos.
[email protected]La verdad es una fruta que conviene cogerse muy madura (Voltaire)