El pasado 21 de enero el Tribunal Supremo falló en contra de las cláusulas suelo de Banco Popular, declarándolas nulas por considerar "abusivas" sus condiciones y por falta de transparencia. El banco, que se vio obligado a provisionar unos 350 millones de euros a cargo del ejercicio 2015, decidió por ello eliminarlas en 101.000 préstamos.Fuentes de la entidad explican su decisión y apelan a la textualidad del Supremo: "La sentencia se refiere a Banco Popular", señalan. Es decir, que en todo caso los jueces se referirían a las hipotecas con suelos firmadas bajo el paraguas de Banco Popular Español, con número de licencia bancaria 0075. Quedarían por ello excluidos los préstamos para la compra de vivienda firmados con Banco Pastor y Oficinadirecta.com, que a efectos legales operan con otra tarjeta bancaria (0238)
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