Sin duda que para este humilde servidor, la noticia de esta semana que recién finaliza tiene que ver con la decisión inequívoca y en mi criterio oportuna del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de nuestro Comandante y líder de nuestra Revolución Bolivariana y bonita, Hugo Rafael Chávez Frías, quien ha decidido atendiendo algunos llamados de sectores laborales en nuestro país, promulgar mediante la Habilitación legislativa que le fué conferida por la Asamblea Nacional, una nueva y revolucionaria Ley Orgánica del Trabajo, tan necesaria en estos tiempos que vivimos y ante la crisis estructural, y ojalá que terminal del sistema capitalista a nivel mundial. Recordemos que la Ley Habilitante es aquella que pertenece al género constitucional de la delegación legislativa y que la entendemos como la ley sancionada por la Asamblea Nacional, en las condiciones señaladas por nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que faculta al Jefe del Estado para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que éste solicite. Su fundamento jurídico lo encontramos en los artículos 203 y 236 numeral 8 de nuestra Carta Magna, los cuales establecen lo siguiente: Artículo 203: “Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar plazo para su ejercicio”.
Artículo 236 Numeral 8: “Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:
… 8.- Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley…”
Por otra parte, recordemos que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Disposición Transitoria Cuarta, numeral tercero encontramos lo siguiente, pasó a transcribirla a continuación: Disposición Transitoria Cuarta. Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la Asamblea Nacional aprobará: 3- “Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años. ………, contemplará un conjunto de normas integrales que regulen la jornada laboral y propendan a su disminución progresiva…..”.
Tenemos que reconocer, en primer término, que nuestra Asamblea Nacional, nuestros diputados y diputadas estuvieron en deuda con nuestro pueblo, y nunca tuvieron la voluntad política para la aprobación de una nueva y revolucionaria Ley Orgánica del Trabajo. Ni la del período 2000/2005 ni la del período 2006/2011. Ese debate para la aprobación de tan necesario instrumento jurídico ya se hacía interminable, sin mencionar el lastre histórico que ya venía representando estos diez años de mora legislativa.
Diez (10) años de retraso con respecto a la orden constitucional in comento, cuantos se fueron con unas prestaciones mutiladas por el enemigo de la revolución Bolivariana, Teodoro Petkof, como proponente propulsor y defensor de la reforma de la ley Orgánica del trabajo(LOT), del año 1997, cuando se eliminaron los pagos de las prestaciones laborales, de acuerdo al ultimo salario devengado y la doble indemnización por el despido injustificado. Por ese retraso y los pagos escamoteados, debido a la protegida LOT, solo Dios los perdonara.
Cientos de miles de trabajadores perdieron esos beneficios que tenían en la ley del 1995. Y la mayoría del Partido Socialista De Venezuela, durante estos dos periodos constitucionales de asamblea nacional, nunca reivindicó los derechos del trabajador, del explotado, a recuperar su derecho a ese pago de prestaciones, considerando como salario de toda la relación laboral, aquel que correspondió al ultimo salario que devengo el trabajador. Es decir sí empezó ganando 1200 Bs, trabajo cinco años y en el ultimo año le subieron el salario a cinco mil 5000 Bs. Debía cancelarse las prestaciones causadas durante los cinco años, en base al salario de cinco mil 5000 Bs. Eso sí, se parece al socialismo.
Una falta, casi que tiene cualidades de dolo.
Por otra parte, en la Ley Habilitante conferida al Presidente de la República actualmente, tenemos otros fundamentos que avalan la posibilidad de que esta nueva y revolucionaria Ley Orgánica del Trabajo sea aprobada. Al respeto, el artículo 1, numeral 9 encontramos lo siguiente:
“Artículo 1. Se autoriza al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros, dicte Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, de acuerdo con las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan en esta Ley, de conformidad con el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en consecuencia:
…- 9. En el ámbito del sistema socioeconómico de la Nación:
Dictar o reformar normas que desarrollen los derechos consagrados en el titulo VI de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para erradicar las desigualdades entre los ciudadanos y ciudadanas que se derivan de la especulación, la usura, la acumulación del capital, los monopolios, oligopolios y latifundios y para crear las condiciones de igualdad en el acceso a la riqueza nacional, y la construcción del buen vivir de los pueblos urbanos, rurales y de las comunidades indígenas, a través de políticas culturales, ambientales, industriales, mineras, turísticas, alimentarías, agrícolas, de salud, educativas y laborales en aras de alcanzar los ideales de justicia social e independencia económica y la mayor suma de felicidad social posible. (Subrayado nuestro).
Que viva la nueva y revolucionaria Ley Orgánica del Trabajo!!! Independencia y Patria Socialista!!! Viviremos y Venceremos!!! *Militante del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), de la Red Nacional deTuiter@sSocialistas (RENTSOC) y del Frente Antiimperialista y Socialista del Edo. Bolívar (FASB).Moderador de los Programas de Opinión “Micrófono Abierto” y “Lo que se habla”,transmitidos de lunes a viernes de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria “Llovizna” 104.7 FM, y los domingos de 6:00 pm a 7:00 pm por “La Voz de Guayana” 89.7 FM, respectivamente.www. juanmartorano.blogspot.com ,ww w.juanmartorano.wordpress.com.[email protected],j_ [email protected],juan_ [email protected] . @juanmartorano (Cuenta en Tuiter).