Según el Artículo 54 del Real Decreto Legislativo 1/1995, del 24 de marzo, que no fue corregido por el Partido Popular en la Reforma Laboral de 2013 (y, por tanto, sigue vigente):
1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
2. Se considerarán incumplimientos contractuales:
a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
Voy a dejar unas cuantas imágenes, recordando que un diputado cobra una media de 60.000 euros anuales (alrededor de 4.200 euros/mes en 14 pagas):
Congreso de los Diputados durante el Debate sobre el estado de la Nación 24/02/2015. Congreso de los Diputados durante la segunda sesión del Debate sobre el estado de la Nación 25/02/2015. Solo uno de cada siete diputados habían asistido al inicio de la jornada. Congreso de los Diputados en el Pleno de 15/10/2014. Congreso de los Diputados en la jornada de 12/04/2012. Estampida en el Congreso de los Diputados tras la última votación del día 31/10/2013. Comenzaba el puente de Todos los Santos y sus Señorías no esperaron a que Posada diera por finalizada la sesión.