Revista Salud y Bienestar

¿Por que me han suspendido el ingreso mínimo vital?

Por Pedirayudas @Pedirayudas
La Seguridad Social confirma cuando actualizaran las cuantiás del ingreso mínimo vital en 2021 Estas son las cuantiás del Ingreso Mínimo Vital en 2021

Al igual que al adquirir el Ingreso Mínimo Vital asumimos una serie de derechos, también tenemos una serie de obligaciones.

Pero debes tener en cuenta que podrías perder el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), por lo que resulta fundamental que estés al corriente de cuáles serían las causas de la pérdida de dicho ingreso.

Quédate leyendo que te detallo las causas, no sin antes diferenciar entre la suspensión de manera temporal, y la extinción total a la prestación.

¿Qué significa la suspensión del IMV?

La suspensión del derecho al IMV implica la interrupción del pago de la prestación a partir del primer mes siguiente en el que se producen las causas o del que se tenga conocimiento por parte del INSS.

Esta suspensión dura mientras se mantengan las circunstancias que hubieran dado lugar a la misma.

Una vez que estas causas que motivaron la suspensión desaparecieran, se puede proceder de oficio o a petición del interesado, a reanudar el derecho siempre que se mantengan los requisitos que dieron lugar a su reconocimiento.

La prestación se restablecerá a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha en que cesaran las causas.

Dicho esto, debemos decir que el Ingreso Mínimo Vital se suspenderá por los siguientes motivos:

  • Pérdida temporal de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
  • Incumplimiento temporal por parte de la persona beneficiaria, del titular o de algún miembro de su unidad de convivencia de las obligaciones asumidas al acceder a la prestación.
  • Cautelarmente en caso de indicios de incumplimiento por parte de la persona beneficiaria, del titular o de algún miembro de su unidad de convivencia de las obligaciones asumidas al acceder a la prestación.
  • En caso de traslado al extranjero por un período, continuado o no, superior a 90 días naturales al año, siempre que no se haya comunicado ni justificado debidamente al INSS con antelación.
  • Incumplimiento de las condiciones de ingresos de rentas de trabajo por cuenta propia o ajena.
  • Cualquier otra causa que se determine reglamentariamente.

¿Cuáles son las causas de extinción del derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital?

Los motivos de extinción del cobro del IMV son las siguientes:

  • Fallecimiento de la persona titular.
  • Pérdida definitiva de algunos de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación.
  • Resolución de un procedimiento sancionador que así lo determine.
  • Salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación al INSS durante un período superior a 90 días naturales al año.
  • Renuncia del derecho.
  • Suspensión continuada durante un año.
  • Incumplimiento reiterado de las condiciones de ingresos por rentas del trabajo por cuenta propia o ajena,
  • Cualquier otra causa que lo determine reglamentariamente.
¿Por que me han suspendido el ingreso mínimo vital?

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