Revista Salud y Bienestar

Presentar la renta fuera de plazo ¿qué consecuencias tiene?

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Presentar la declaración fuera de plazo es más habitual de lo podamos pensar y no supone ningún trámite adicional. Antiguamente sí que había que acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria. Hoy en día, gracias a las nuevas tecnologías se puede hacer todo desde casa.

Que sea más fácil no quiere decir que sea gratis. Es muy posible que Hacienda tome cartas en el asunto y te haga pagar una multa por hacer la renta fuera de plazo o un recargo según se establece en la Ley General Tributaria y más concretamente en su artículo 27, que ronda entre los 200/400€ por declaración no presentada.

El tiempo que ha pasado desde que vence el plazo de presentación ( el 30 de este mes de junio), el resultado positivo o negativo de la declaración (a ingresar o a percibir) o si es el contribuyente el que finalmente la presenta voluntariamente o es Hacienda quien la reclama son los tres condicionantes que influyen a la hora de marcar las multas o sanciones por presentar tarde la declaración de la renta.

Consecuencias de presentar la renta fuera de plazo

Si hay un organismo que es estricto con los plazos, este es Hacienda. Dejar de hacer a renta o presentar tarde el IRPF tiene sus consecuencias. De hecho, es una de las infracciones fiscales más habituales por parte del contribuyente medio. Eso sí, en este punto cuánto tardes en hacer la renta tendrá un efecto inmediato en la sanción.

Y es que la cuantía a pagar por hacer el IRPF tarde cambia dependiendo del tiempo que haya pasado desde que había que presentar la declaración de la renta, del resultado de la declaración y de quien notifique el error. Es decir, habrá que pagar más o menos si se trata del propio contribuyente quien, de forma espontánea y voluntaria, presenta la declaración fuera de plazo o si es Hacienda quien tiene que notificarle su olvido y obligarle a declarar. Como es lógico, las consecuencias serán mucho peores si el recordatorio viene de la AEAT. Recuerda que Hacienda dispone de cuatro años para revisar las declaraciones de los contribuyentes y suele apurar el plazo.

Si la declaración sale a devolver, la multa por no presentarla a tiempo es, con carácter general, de entre 200 y 400 euros y eso si es el fisco quien reclama. Si es el propio contribuyente quien enmienda el error, la cantidad puede verse reducida hasta los 100 euros por pronto pago. Hay que recordar que en ningún caso el hecho que la renta salga a devolver exime de su presentación.

Hacer el IRPF tarde con el resultado a devolver

¿Quién no quiere cobrar una devolución de Hacienda? La verdad es que por muy ilógico que pueda parecer hay quienes no presentan la declaración pese a que el resultado sea a devolver. En la mayoría de casos se trata de malos entendidos, desconocimiento de la obligación de declarar e incluso el pensar que como la cantidad que se devuelve es poca no merece la pena hacer hacer el trámite y que Hacienda no reclamará su declaración. A fin de cuentas, es lógico pensar que si el fisco tenía que pagar, no pasa nada por no reclamarle ese dinero nada más lejos de la realidad.

Lo peor de todo es que la AEAT sí puede reclamar una declaración con resultado a devolver que no se entregó en plazo e incluso imponer multas por estos descuidos. El resultado es que te devolverán menos e incluso puede que te toque pagar.

Además, si piensas que Hacienda no persigue este tipo de infracciones porque el resultado del IRPF es favorable al contribuyente estás muy equivocado. Cuando la AEAT detecta estos fallos inicia el proceso sancionador. Si esto ocurre, habrá multa de por medio, sí o sí.

Recuerda que las declaraciones de IRPF expiran a los cuatro años de su presentación o del momento en que debían presentarse. Esto quiere decir que si no cumpliste con la renta, Hacienda podrá reclamar el pago hasta 4 años. Y es que el periodo de cuatro años empieza a contar desde que termina el plazo voluntario para declarar. Piensa que existen diferencias entre pagar antes o después por los intereses de demora que habrás de pagar.

Hay que recordar que en ningún caso el hecho que la renta salga a devolver exime de su presentación.

¿Y si sale a pagar y la hago fuera de plazo?

Caso bien distinto, como es de imaginar, es cuando en la declaración sale a pagar. Si el "despiste" se enmienda de manera voluntaria por parte del contribuyente, los porcentajes de recarga son los siguientes, de acuerdo a la demora sobre el fin del plazo.

  • Si es antes de tres meses, la multa es el 5% de la cantidad ingresada.
  • Con más de 12 meses será el 20% de la cantidad ingresada más los intereses de demora.
  • Cuando es la Agencia Tributaria quien sale al paso, se deberán pagar sanciones adicionales que van desde el 50% hasta el 150% de la cantidad. Habrá que añadir a estas cantidades intereses de demora.

Hay que tener en cuenta asimismo que la AEAT valora agravantes como la "ocultación" de datos. Por ello, establece las siguientes infracciones:

  • Leve: cuando el resultado de la declaración toque a pagar hasta 3.000 euros o, cuando siendo superior, no existe ocultación. En este caso la multa aumentaría al 50% sobre la cantidad que se debía pagar inicialmente.
  • Grave: cuando el importe a deber es superior a los 3.000 euros y exista ocultación. La multa en este caso se sitúa entre un 50% y un 100% sobre la cantidad que había que pagar.
  • Muy grave: si Hacienda detecta que se han usado medios fraudulentos o cuando las cantidades que no se hayan pagado representen más de un 50% del importe de la base de la sanción. En este caso la sanción se establece entre un 100% y un 150% sobre el importe que se debía pagar dentro del plazo.

Los rezagados deben saber que el proceso para la declaración del IRPF fuera de plazo es muy parecido que el que se determina para los que se han hecho conforme al tiempo estipulado. Sobre todo si se presentan pocos días después del fin del límite temporal.

Documento de ejemplo de sanción

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