
PRESUNCION DE HACIENDA sin pruebas reales
PRESUNCION DE HACIENDA
Empresarios en módulos
Cada vez que leo alguna sentencia o alguna solicitud de condena por un fraude fiscal, o por cualquier otra cosa en la que todo se basa en una PRESUNCION DE HACIENDA, o del fiscal, o de la policía, algo se revuelve dentro de mí.
Una presunción no es en modo alguno una prueba, aunque a veces se quiera utilizar como tal. El caso que quería comentar hoy está relacionado precisamente con una PRESUNCION DE HACIENDA respecto de un supuesto fraude de facturas emitidas por autónomos en módulos:
La Agencia Tributaria, a través de la abogacía del Estado, ha pedido año y medio de cárcel y 90.000 euros de sanción a cada uno de los 4 albañiles, acusados de haber urdido una trama fraudulenta con el empresario que los contrataba.
Hacienda afirma que los albañiles, en realidad eran trabajadores por cuenta ajena y que estaban dados de alta en módulos para facturar a la empresa contratante.
La PRESUNCION DE HACIENDA:
La inspectora de Hacienda que inspeccionó a estos albañiles afirma (o más bien presume) que los pagos eran realizados con cheques al portador y no son veraces por el simple hecho de que, siendo al portador, no se sabe quién los cobró. También habla de transferencias y talones…
Otra cosa que utilizan como prueba es que los albañiles solo facturasen horas y no materiales.
Según mi modesta opinión, nada de lo dicho supone prueba alguna para que se solicite la pena de prisión y sanción que se dice, y no digo que no haya fraude, que no lo sé ni soy quien para averiguarlo, pero las cosas hay que probarlas y no presumirlas.
Mi opinión:
1.- Los módulos son una fantochada y siempre lo han sido, pero es un sistema creado por Hacienda y que nosotros, los contribuyentes, no hemos inventado. Solo nos acogemos a ellos o no, según nos interese y según cumplamos con los requisitos que se nos piden. En mi caso, nunca los he cumplido y por lo tanto no me he acogido ni me he podido beneficiar de ellos.
2.- Para mayor fantochada, los módulos son obligatorios para algunas actividades, y lo que hay que hacer es renunciar a ellos si no nos convienen. O sea, que se da por hecho que a quien primero beneficia el sistema es a Hacienda que tiene interés en que haya los máximos contribuyentes en módulos para, se supone, evitarles trabajo y asegurarles unos ingresos fijos.
3.- Aquí no se dice, pero supongo que estos 4 albañiles cumplirían con los requisitos y habrán estado pagando los autónomos y los módulos religiosamente porque de otro modo, la cosa también se hubiera utilizado en su contra.
4.- En ningún sitio se dice que los albañiles en módulos tengan que facturar materiales. ¿Por qué han de hacerlo? No es algo indispensable porque los materiales los puede poner el cliente. Hasta en el supuesto de que el albañil vaya a comprarlos, el proveedor los puede facturar directamente al cliente final, eso no es ilegal. Y lógicamente, si el proveedor los factura al cliente final, el albañil en módulos no se los va a facturar otra vez.
5.- El sistema de módulos tampoco obliga a tener más de un cliente, salvo por las últimas modificaciones que apuntan en ese sentido, pero que no afectan a este caso para nada.
6.- Los pagos no se han hecho en efectivo, aunque bien podrían haberse hecho también porque no está prohibido todavía. Se han hecho con cheques al portador… ¿Cuál es el problema? ¿Dónde se dice que no se pueda pagar con cheques al portador?
En definitiva, ¿qué pruebas reales tiene la inspectora para actuar como lo hace? Ninguna.
Una simple PRESUNCION DE HACIENDA no debería ser nunca admitida en un tribunal. La única presunción admisible debiera ser la presunción de inocencia.
Ramón Cerdá
Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/presuncion-de-hacienda-en-modulos/.
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La entrada PRESUNCION DE HACIENDA en el sistema de Módulos es original de El Blog de Ramon. Escrito por Ramón Cerdá