Revista Economía

PRODUCTOS BANCARIOS VIII. Tipo nominal y TAE.

Publicado el 08 septiembre 2014 por Jordi Mulé @jordimule

TAE2

Cualquier usuario de un producto bancario tal como un depósito a plazo fijo o un préstamo ha visto alguna vez las siglas T.A.E. o el concepto de tipo de interés nominal, entre otros muchos; pero también es cierto que en muchas ocasiones se desconoce o se conoce muy poco lo que  hay al detrás de estos dos conceptos. Con este breve post, el octavo dedicado a los diferentes conceptos y productos bancarios, lo que se pretende es, huyendo de una explicación técnica demasiado recargada o de conceptos de matemática financiera que puedan ser demasiado complicados, dar una explicación lo más sencilla y personal posible sobre la diferencia entre ellos dos, que son vitales en cualquier operación financiera; me refiero al tipo de interés nominal y la TAE o tasa anual equivalente.

El tipo de interés

En cualquier operación financiera entra en juego una rentabilidad. Introduciendo algún concepto abstracto, se diría que el dinero no es constante en el tiempo sino que, dependiendo del tiempo transcurrido entre dos fechas, un importe determinado puede convertirse en otro. Dicho en otras palabras, un dinero a futuro tiene un valor diferente que su valor a presente; para calcular esto entra en juego lo que se llama un factor financiero, que no sería más que una función matemática que nos transformaría el dinero de hoy en dinero a un futuro o al revés. Este factor de variabilidad que nos calcularía, por ejemplo, el valor de aquí un año de un dinero de hoy sería, grosso modo, el tipo de interés.

Por lo tanto, si calculamos el valor a futuro de un importe determinado, por simple diferencia con el valor inicial, podremos deducir el rendimiento del mismo; por ejemplo, si mil euros de hoy equivalen a mil diez euros de aquí a un año bien podremos deducir que el rendimiento de una inversión a un año de mil euros tendría un rendimiento de diez euros y, si lo indicamos en tanto por ciento, de un uno por ciento. Así pues, nuestra inversión de mil euros a un año tendría un tipo de interés del uno por ciento.

El último ejemplo sería válido en un caso simple de inversión, es decir, una inversión donde el plazo final de la misma coincida con el pago final. En nuestro caso, ponemos hoy mil euros y nos vuelven mil diez de aquí un año. Pero muchas veces esto no es así, pues queremos cobrar nuestra rentabilidad cada mes, o cada tres meses; en el mundo de los depósitos, éste es el motivo de incluir la Tasa Anual Equivalente, o TAE.

La T.A.E

Como en la mayoría de los casos los intereses se perciben en periodos inferiores a un año, hay que conocer el Tipo Equivalente o TAE. La T.A.E es un tipo teórico que nos dice cuál seria el interés equivalente si reinvirtiéramos los rendimientos cobrados antes del vencimiento de nuestro depósito o inversión en la misma operación. Es decir, contestaría la pregunta de ¿cuál sería el tipo de interés de un depósito a vencimiento y cobro de intereses a un año que rindiera exactamente lo mismo que si reinvierto todas las ganancias periódicas del depósito que estoy planteando al mismo tipo nominal y vencimiento?

Por ejemplo, en nuestro caso anterior de 1000€, si suponemos que cobramos 1€ de interés mensual y que lo reinvertimos cada vez en el mismo depósito, al mismo interés y vencimiento, produciendo cada vez más intereses acumulados; si fuera posible hacerlo sin excepción (y no siempre será fácil) el rendimiento absoluto cobrado tendería a la TAE. No obstante, la T.A.E es un índice teórico, pues muchas veces será imposible reinvertir todos los rendimientos en el mismo depósito.

Del mismo modo, si en lugar de un depósito lo que tenemos delante es un préstamo, la TAE nos calculará el tipo de interés global que juntaría todos los gastos y comisiones habidos en la formalización de la operación, así como los periodos de pago de intereses inferiores a un año. Seria como transformar nuestro préstamo en uno nuevo con un sólo pago anual y que tuviera en cuenta todos los gastos habidos (comisiones por apertura, estudio, etc), el tipo de este nuevo préstamo sería la TAE. Formulado como una pregunta sería, ¿a qué tipo tengo que hacer un préstamo sin ningún gasto anexo y con amortizaciones anuales para que me toque pagar lo mismo que con el préstamo que estoy planteando?

En este momento introduciré la definición de tipo nominal, que no sería otro que el tipo que efectivamente pagamos o cobramos por nuestra operación, en contraprestación a la TAE que sería el tipo de la operación equivalente que contestaría nuestras dos preguntas anteriores. Nada más y nada menos.

Nominal y TAE

Por lo tanto, se trata de dos índice diferentes, el primero (nominal) seria el real y el otro (la TAE) sería más muy teórico; de hecho, cuando más similar a un año es el período de cobro o pago de intereses más se asemeja el nominal a la TAE; de la siguiente manera. En el caso de un depósito a plazo:

1-Si el cobro de intereses es menor a un año, entonces el nominal será más pequeño que la TAE.

2-Si el cobro de intereses es igual a un año, entonces el nominal igualará a la TAE.

3-Si el cobro de intereses es a más de un año,  el nominal será mayor que la TAE.

Algunas preguntas contestadas

Por lo tanto, si quiero hacer un depósito a plazo fijo, ¿qué será mejor, cobrar mensual o trimestralmente o al vencimiento? La respuesta es DEPENDE, en términos absolutos, al cobrar siempre por nominales, lo mejor será cobrar cuanto más tarde mejor pero también hay que tener en cuenta la realidad, pues no a todo el mundo le interesará cobrar intereses una vez al año, cada caso es diferente.

¿Un depósito a dos años con cobro de intereses al final será más rentable que uno del mismo importe a un año a la misma T.A.E? La respuesta es .

Entonces, si no es un tipo real, ¿por qué se trabaja con la T.A.E? Por un simple tema de transparencia y de información al consumidor/impositor.

 

Versió en català, aquí.


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