Reencontros na terra tiene como objetivo promover el contacto de las personas emigrantes gallegas con su tierra a través del sufragio de los costes de su viaje al territorio gallego.
¿Qué características tienen los viajes?
Los viajes serán de ida y vuelta desde el país de residencia habitual de la persona, hasta un aeropuerto gallego. Así, se financiará la estancia de los beneficiarios en una residencia de tiempo libre o en otro establecimiento residencial durante 14 días.
Esta estancia podrá prolongarse a criterio de la persona beneficiaria hasta un máximo de 90 días, durante los cuales deberá hacerse cargo de los gastos de alojamiento y manutención, de ser el caso.
Los viajes se efectuarán preferentemente en el mes de octubre.
Esta ayuda es compatible con cualquier otra concedida para el mismo fin siempre que no se supere el valor total de la acción que se va a llevar a cabo.
¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes?
- Ser emigrante gallego.
- Tener nacionalidad española.
- Residir en América de forma continuada durante los últimos 10 años como mínimo.
- Tener al menos 65 años cumplidos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- No haber participado en los últimos 15 años en programas de viajes a Galicia de la Secretaría Xeral de Emigración o del Estado Español.
- Ser autónomos y estar en condiciones físicas y psíquicas de realizar un viaje de tal envergadura.
- Tener ingresos inferiores a 1’5 veces el importe de las bases de cálculo para la prestación económica por ancianidad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
En el caso de convivir con otra u otras personas en una misma unidad económica de convivencia, los ingresos deberán ser inferiores a esta cuantía más el 70% de esta multiplicada por el número de miembros de la unidad económica familiar menos uno.
Las personas beneficiarias podrán realizar el viaje acompañadas de su cónyuge o persona con la que mantengan relación análoga a la conyugal, siempre que cuando estos acrediten que cumplen los requisitos c, e y f. Así, deberá acreditarse que llevan conviviendo al menos un año, salvo que tengan descendientes, en cuyo caso bastará con acreditar únicamente la convivencia.
¿Cuántas plazas se ofertan?
Se ofertan un total de 135 plazas distribuidas de la siguiente manera entre países:
Argentina: 77 Uruguay: 30
Brasil: 10
Venezuela: 9
Cuba: 7
Otros países: 2
En caso de quedar plazas vacantes, se distribuirán proporcionalmente entre aquellos países de mayor demanda.
¿Qué documentación hay que aportar?
1. Por parte del solicitante.
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Solicitud.
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Documento acreditativo de su identidad y nacionalidad española.
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Documento acreditativo de su última vecindad en Galicia.
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Documento acreditativo de su residencia en América.
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Si en su país de residencia existe la obligación de presentar declaración de la renta o declaración similar: copia de la última declaración presentada o justificación oficial de no estar obligado a presentarla, aportando también justificante de los ingresos de los que se dispone.
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Si en su país de residencia no existe la obligación de presentar la declaración de la renta o declaración similar, será necesario aportar un documento justificativo de los ingresos de los que se dispone.
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Certificado médico que acredite la autonomía de la persona y la compatibilidad de su estado de salud con el viaje (anexo II).
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Libro de familiar o documento justificativo del matrimonio o relación análoga así como del nacimiento de los miembros de la unidad familiar.
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Documento en el que conste que la persona solicitante es perceptora de la prestación económica por ancianidad del Estado Español.
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Fotografía reciente tamaño carnet.
2. Por parte del acompañante:
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Solicitud (anexo III).
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Documento acreditativo de su identidad.
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Documento acreditativo de su residencia en América.
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Certificado médico que acredite que su situación de salud es compatible con la realización del viaje (anexo IV).
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Foto reciente de tamaño carnet.
¿Dónde y cuándo presentar las solicitudes?
El plazo para la presentación de solicitudes es de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de las bases reguladoras en el Diario Oficial de Galicia, es decir, hasta el 18 de mayo de 2015.
La presentación de las mismas se realizará preferiblemente por vía telemática en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, para lo que necesitarán certificado electrónico. De no tener dicho certificado, podrán acudir a las entidades colaboradoras, donde se hará la presentación electrónica de las solicitudes:
En Brasil:
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Sociedade Hispana Brasileira de Socorros Mutuos e Instrucción São Paulo.
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Sociedade de Socorros Mutuos e Beneficiencia Rosalia de Castro en Santos.
En Cuba:
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Federación de Sociedades Galegas na Habana.
En Venezuela:
Así, también se puede realizar la presentación de solicitudes de forma física en las delegaciones de la Xunta de Galicia en Buenos Aires y Montevideo, en las oficinas consulares, así como en los consulados o secciones consulares de las embajadas correspondientes al domicilio o residencia del solicitante.
Características del proceso de instrucción y concesión.
El proceso que rige la concesión de estas ayudas es de naturaleza competitiva, siendo los criterios de selección y preferencia los siguientes:
- En primer lugar tendrán preferencia aquellas personas que no participasen anteriormente en programas de viajes gestionados por la Secretaría Xeral de Emigración.
- Posteriormente tendrán carácter preferente los que sean beneficiarios de una prestación económica por ancianidad del Estado Español.
- Finalmente, tendrán mayor preferencia aquellos de edad más avanzada.
Si todavía quedan plazas vacantes, se tendrán en cuenta las solicitudes de aquellos que ya participasen en un programa de este tipo con anterioridad, teniendo más preferencia cuando mayor sea el tiempo que lleven sin ser beneficiarios. Dentro de los que hayan participado por última vez en el mismo año, la preferencia irá en función de la mayor edad.
Una vez aplicados estos criterios de selección, se elaborará una lista de admitidos y reservas.
El plazo máximo de resolución de las ayudas es de cinco meses desde la publicación de la normativa en el Diario Oficial de Galicia. Así, el silencio administrativo deberá entenderse en sentido negativo.
Más información:
Resolución del 9 de marzo de 2015, de la Secretaría Xeral de la Emigración, por la que se regulan y se convocan las subvenciones del programa Reencontros na Terra para residentes no exterior durante, durante o ano 2015.
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Servicio de atención al ciudadano:
Teléfono 012 o correo electrónico [email protected]
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Secretaría Xeral de Emigración:
R/ Basquiños, 2 Santiago de Compostela.
Teléfono: 981 957 156