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Proyecto de retiro del 100% de las AFP se encuentra en su primer trámite constitucional

Publicado el 22 diciembre 2021 por Joseantortega

El rechazo del proyecto del cuarto retiro del 10%, provocó que parlamentarios ingresaran al congreso una iniciativa de un quinto retiro y otro que busca concretar el retiro del 100% de los fondos de las AFP.

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La iniciativa del retiro del 100% fue presentada por los diputados Pamela Jiles y Félix González. El proyecto se encuentra en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, por lo que aún no se sabe cuándo comenzará su discusión.

El proyecto se encuentra en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, por lo que aún no se sabe cuándo comenzará su discusión.

¿Quiénes no podrían adquirir el 100%?

El proyecto que permitiría el retiro del 100% señala que no podrían sacar su dinero “las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de esta Constitución, con excepción de los trabajadores a honorarios”.

De ese modo, no podrían sacar su 100%: el Presidente de la República, los ministros, senadores, diputados, gobernadores regionales y funcionarios de exclusiva confianza del Jefe de Estado. “Para efectos de verificar lo anterior, en el momento de realizar la solicitud, el afiliado deberá presentar ante la respectiva administradora de fondos de pensiones una declaración jurada simple en la cual dé cuenta que no se encuentra en la situación descrita”, señala el proyecto. 

Cabe destacar que tampoco podrían sacar su dinero quienes no tengan fondos en su cuenta de capitalización individual de la AFP. 

¿Cuándo recibiría el dinero?

En caso de que el retiro del 100% se convierta en realidad, la AFP tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para entregar el monto a los afiliados. Estos días serán contados desde la presentación de la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones.

Cabe destacar que “los afiliados podrán solicitar este retiro de sus fondos hasta 365 días después de publicada la presente reforma, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe decretado”, detalla la iniciativa. 

Con información de MegaNoticias.


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