El formulario o modelo 111 ha de ser presentado ante Hacienda por las empresas y los trabajadores autónomos que tienen una plantilla de empleados en España. Al igual que cualquier trámite de la Agencia Tributaria, (como otros tipos de modelos) puede realizarse de manera presencial o por Internet.
Si lo presentas en la modalidad virtual, podrás conseguir el certificado digital correspondiente y descargarlo desde tu cuenta en la web de la AEAT.
Para qué sirve el modelo o formulario 111
Conoce qué es el modelo 111 y qué declara, cómo se rellena y qué plazos hay para presentarlo.
Para comenzar, vamos a aclarar a quiénes afecta este formulario. Cuando eres un trabajador por cuenta propia, tú mismo debes declarar tus ganancias y pagar tus impuestos (IRPF) trimestralmente mediante el formulario 130. Sin embargo, los trabajadores asalariados o por cuenta ajena no pagan su IRPF por ellos mismos. Su contratante tiene que retenerles trimestralmente el IRPF de la nómina y pagárselo a Hacienda. El modelo 111 declara trimestralmente las retenciones de IRPF que los empresarios practican a sus empleados.
Por lo general, presentarás el 111 si tienes empleados contratados en plantilla, aunque también hay otros casos que requieren formalizar este modelo. Por ejemplo, los empresarios también están obligados a practicar retenciones a otros autónomos cuando estos son profesionales. Estas retenciones pueden ir del 7 al 15 %, según la antigüedad del autónomo. Con un ejemplo lo verás más claro.
Ejemplo. Supón que tienes una empresa y has decidido comenzar a vender en países de habla inglesa. Necesitas traducir todo tu porfolio de productos al inglés, pero no vas a contratar a un empleado para hacerlo. En su lugar, encargas la tarea a un traductor profesional autónomo. Él te cobra 1.000 € sin IVA por traducirte todos tus catálogos. La factura que te emitirá este profesional tendrá la siguiente forma.
- Precio del servicio: 1.000 € / retención IRPF 15 %: 150 € / IVA 21 %: 210 €.
- Total con IVA: 1.210 €.
¿Cuánto deberías pagarle al traductor? Aunque el total con IVA por el servicio prestado es 1.210 €, tú tendrás que pagar 1.060 € al profesional. ¿Por qué? Porque al precio base tendrás que descontarle la retención del 15 % de IRPF.
¿Qué pasa con los 150 € restantes? Son los impuestos del autónomo y tendrás que declararlos y pagárselos a Hacienda mediante el formulario 111. Siempre que un autónomo te pida que le practiques retenciones en su factura tendrás que hacerlo. Recuerda que es muy importante.
Retenciones a empleados
En el caso de que tengas empleados propios, el procedimiento funciona igual. Cada trimestre, tendrás que descontar el IRPF que corresponda (en este caso, de la nómina de cada empleado) y mandárselo a Hacienda.
¿Hacienda devolverá más tarde las retenciones?
La Agencia Tributaria podría devolver toda o parte de la retención a las personas según los beneficios obtenidos por estas, pero de eso ya no tienes que encargarte tú. Los empleados y autónomos profesionales sabrán si les tienen que devolver o no dinero cuando hagan sus declaraciones de renta anuales.
Obligados a presentar el 111
Siempre deberás presentar el modelo 111 si eres empresario y has tenido que descontar dinero de retenciones en nóminas y facturas. Los casos son los siguientes.
- Haber descontado dinero por retenciones a tus empleados en sus nóminas o finiquitos.
- Haber descontado retenciones en las facturas de autónomos profesionales por servicios puntuales que hayas contratado. Estos autónomos pueden ser escritores, traductores, diseñadores, técnicos de mantenimiento, etc.
- Otros casos: además, deberás practicar retenciones por los rendimientos obtenidos de la propiedad intelectual e industrial, la prestación de asistencia técnica y el alquiler o subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas.
También por los premios que hayas obtenido al participar en juegos, concursos o sorteos y las ganancias patrimoniales conseguidas mediante el aprovechamiento forestal de montes públicos.
¿Cuándo toca presentar el formulario 111?
Como te adelantamos, su presentación es trimestral. Los trimestres empiezan a contar desde el 1 de enero. Tras finalizar un trimestre, podrás presentar el modelo dentro de los 20 días siguientes del próximo mes. Veamos los plazos.
- Primer trimestre (de enero a marzo): Del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre (de abril a junio): Del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre (de julio a septiembre): Del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre (de octubre a diciembre): Del 1 al 20 de enero.
Formas de presentar el 111
Las dos vías son presencial y en línea.
- Presencial: Acude a la oficina de la Agencia Tributaria e imprime el formulario. Después podrás abonar las cantidades en cualquier entidad bancaria colaboradora de la Agencia Tributaria. Recuerda que solo los autónomos pueden presentarlo presencialmente (las pymes lo harán por Internet).
- Por Internet: Tendrás que estar registrado en el portal virtual de la AEAT, para lo cual necesitas conseguir el certificado digital (firma electrónica). Una vez dentro, tendrás que seguir el «paso a paso«.
Presentación del modelo 111 de Hacienda «paso a paso»
Mostraremos el «paso a paso» de la presentación del modelo virtual, pues el formulario impreso tendrá las mismas casillas. Primero, entra la web https://sede.agenciatributaria.gob.es/ con tu firma digital o DNI. Luego, busca del modelo 111. Debería estar en «Inicio» / «Ayuda» / «Consultas informáticas» / «Presentación de declaraciones – Ayuda técnica». Haz clic en el apartado «Modelo 111. Ejercicio 2017 y siguientes. Presentación».
Una vez que hayas abierto el formulario, la presentación será sencilla. Básicamente, hay tres apartados para rellenar: «Identificación», «Devengo» y «Liquidación».
Identificación
Aquí, simplemente, tendrás que dejar tus datos como declarante. Son el nombre, los apellidos y el DNI.
Devengo
Es para hacer constar el periodo de la declaración. Aquí especificarás el año y el trimestre que correspondan a la declaración.
Liquidación
Esta es la parte más importante, donde tendrás que incluir tanto las ganancias de los empleados y autónomos como las cantidades retenidas.
Vimos varios casos en los que estamos obligados a presentar el modelo 111. En el apartado «Liquidación» verás varias secciones con casillas para rellenar las cantidades según la actividad económica: «I. Rendimientos del trabajo», «II. Rendimientos de actividades económicas», «III. Premios por la participación en juegos», etc. Rellena las que correspondan según las operaciones de retención que hayas tenido en el trimestre.
Para cada tipo de actividad encontrarás tres casillas: «Nº de perceptores», «Importe de las percepciones» e «Importe de las retenciones». Son muy fáciles de cumplimentar.
- Número de perceptores: Para esa operación, indica a cuántas personas diferentes has retenido dinero (número de personas).
- Importe de las percepciones: Cuáles han sido las cantidades totales de facturas, nóminas o rendimientos a los que has aplicado retenciones. Para cada tipo de actividad encontrarás tres casillas: «N.o de perceptores», «Importe de las percepciones» e «Importe de las retenciones».
- Importe de las retenciones: Suma los importes de todas las retenciones para el tipo de operación y escribe la cantidad resultante en la casilla.
Ejemplo
Tienes 4 empleados con los siguientes sueldos trimestrales: 2.700 €, 3.000 €, 3.600 € y 3.500 €. Supongamos que debes aplicarles una retención del 20 % a cada uno.
Como son empleados, tendrás que dirigirte al apartado «Rendimientos del trabajo». Allí rellenarás las casillas con los siguientes datos.
- Número de perceptores: 4.
- Importe de las percepciones: 12.800 €.
- Importe de las retenciones: 2.560 € (el 20 % de 12 800 €).
Ejemplo con autónomos
Supón que en el último trimestre has tenido que contratar a un técnico para reparar tus ordenadores, que te ha cobrado 500 € y te ha pedido que le apliques un 7 % de retención en su factura porque es nuevo autónomo. También has requerido los servicios de un profesional del marketing, quien te ha cobrado 800 € y te ha indicado que le retengas el 15 %. Y has trabajado con un traductor autónomo que te ha cobrado 700 € y le has tenido que retener el 15 % en la factura.
En este caso, has tenido que aplicar retenciones diferentes, así que habrás de ir con cuidado al hacer las cuentas:
500 x 7 % = 35 €
800 x 15 % = 120 €
700 x 15 % = 105 €
Como esta vez se trata de servicios prestados por autónomos, tendrás que irte al apartado «Rendimientos de actividades económicas» para declarar las retenciones. Las casillas quedarían de la siguiente forma.
- Número de perceptores: 3.
- Importe de las percepciones: 2.000 €.
- Importe de las retenciones: 260 €.
Para cada tipo de operación verás tres casillas para los rendimientos en dinero y otras tres para los rendimientos en especie. Obviamente, en la mayoría de los casos los rendimientos serán en dinero.
Resultado
Cuando hayas cumplimentado el modelo, verás el resultado final de la declaración en la casilla 30. Tendrás que pagar a Hacienda la cantidad que haya salido (recuerda que el dinero que retienes durante el trimestre no es tuyo, son impuestos del Estado).
Si el resultado es 0 porque, por cualquier razón, no has tenido que hacer retenciones, igualmente deberás presentar el modelo para indicarlo (si tenías la obligación de presentarlo cuando te diste de alta en Hacienda). Simplemente, la autoliquidación será negativa.
Como ves, el paso a paso del modelo 111 no tiene ningún misterio. Puedes aprender a rellenarlo por tu cuenta o delegar la tarea en una gestoría. En cualquier caso, recuerda llevar un libro-registro detallado de todas tus facturas y nóminas (y conservarlas) para que los datos sean correctos. Tras presentarlo, podrás conseguir tu certificado digital de Hacienda para descargar el formulario y poder consultarlo siempre que lo necesites.