Revista Economía

¿Qué es el RETA? Indispensable si quieres ser autónomo

Publicado el 04 mayo 2021 por Código Con Sentido @codigocnsentido

Antes de comenzar tu proyecto como trabajador autónomo, te interesa saber qué es el RETA y conocer las cuestiones que lleva aparejadas, como pagos y tributos a los que tendrás que hacer frente. Solo así estarás seguro de que, con tu volumen de facturación y margen de ventas previsto, puedes vivir bien… Y te evitarás disgustos con la Seguridad Social y Hacienda.

Qué es el RETA

Al igual que cuando trabajas para una empresa cotizas a la Seguridad Social, y tanto tú como el empleador tenéis que pagar cuotas a esta entidad, si quieres ser autónomo estarás sujeto al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o RETA. En términos prácticos, se trata de un sistema muy similar por el que te garantizas obtener los siguientes beneficios.

  • Prestación en caso de accidente de trabajo y enfermedad común.
  • Prestación en caso de incapacidad temporal.
  • Prestación por cese de actividad —se trata de una cobertura similar al paro—.
  • Prestación por jubilación.

Las principales diferencias con respecto a la cotización a la Seguridad Social que realizas a través de tu empresa cuando trabajas por cuenta ajena son estas.

  • Puedes elegir tu propia base de cotización. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena es la empresa la encargada de hacer el pago, siguiendo los tramos de retención establecidos por la ley. Sin embargo, cuando eres un trabajador autónomo, puedes decidir qué base de cotización quieres tener dentro de los límites legales.
  • Será tu obligación ingresar tus aportaciones a la Seguridad Social mensualmente. Es una tarea que se realiza de manera automática, sin que tú des la orden, pero el uso de un programa de gestión en la nube puede ayudarte a mantenerlo bajo control y contar con él a la hora de calcular tus beneficios netos.

¿Qué es el RETA? Quien debe cotizar a la Seguridad Social con este régimen

Quién debe cotizar

Si no tienes claro si debes darte de alta en este régimen especial de cotización, la ley deja bastante claro quiénes deben cotizar a la Seguridad Social por esta vía. Presta atención.

  • Mayores de 18 años que realicen actividades a título lucrativo y sin contrato de trabajo, ya que, salvo excepción, se les considerará autónomos.
  • Cónyuges y familiares de hasta segundo grado de los trabajadores autónomos.
  • Trabajadores autónomos.
  • Trabajadores de cooperativas con calidad de asociado.
  • Socios de comunidades de bienes.

Aunque estos son los casos más habituales, si tienes dudas te recomendamos que consultes con un asesor o, directamente, a la Tesorería General de la Seguridad Social.

¿Qué es el RETA? Cómo darse de alta como trabajador autónomo

Cómo darse de alta

Si ya has decidido que quieres trabajar como autónomo, solo vas a tener que darte de alta rellenando el formulario TA0521 y entregándolo en la delegación de la Seguridad Social que prefieras… O por vía telemática. Es imprescindible que realices este trámite antes de darte de alta en la Agencia Tributaria. Para ello, puedes presentar la solicitud hasta 60 días antes del comienzo de la actividad.

Si tu actividad económica no es constante, no es necesario que pagues las cuotas todo el año. Vas a poder darte de alta y de baja hasta tres veces al año. La Seguridad Social también hace efectivos estos cambios, por lo que tampoco estarás obligado a pagar el mes completo.

Y si tu flujo de ingresos no es estable, tampoco estás obligado a mantener la base de cotización. La podrás cambiar hasta cuatro veces en un mismo año. Además, cuando te dediques a varias actividades, no tendrás que solicitar la devolución a la Seguridad Social del exceso de cotización: ella misma se encargará de hacerlo. También puedes leer aquí sobre las últimas novedades fiscales para autónomos.

Ahora que sabes qué es el RETA, estás un paso más cerca de alcanzar el sueño de ser tu propio jefe. Solo te queda comenzar con los trámites necesarios para poder iniciar tu actividad. ¿A qué estás esperando?


Volver a la Portada de Logo Paperblog