Seguro que has escuchado hablar de la dación en pago muchas veces, ya sea en televisión, en la prensa, en un restaurante… pero, ¿sabes de qué se trata?
La dación en pago es la prestación que el acreedor acepta del deudor. De esta manera, se libera la obligación, aunque no se trate del pago que se debía como tal. En otras palabras, se entrega un bien como pago en lugar del dinero que se debe. Por ejemplo, en la deuda de una hipoteca, podrías entregar la vivienda al banco y el préstamo quedaría liquidado.
La dación en pago consiste en una transferencia al acreedor o a los acreedores en compensación de una deuda. Ésta queda regulada por el Código Civil. Se debe entregar una prestación que no sea lo que se pactó en un inicio. Ambos involucrados, acreedor y deudor, deben llegar a un acuerdo para saldar la obligación que los une.
En Yuris Abogados te ayudamos con todo el proceso pertinente para formalizar los trámites y optar a la dación en pago de cualquier deuda que hayas contraído.
Requisitos para la dación en pago
Debido a la situación económica del país, ha sido necesario ir reformando los requisitos y las condiciones de este recurso legal. El objetivo no es otro que proteger a los consumidores en las deudas hipotecarias. Además, al optar por este método prescindes del proceso judicial y de los gastos asociados a la ejecución de una hipoteca. Para poder beneficiarte de la dación debes cumplir ciertos requisitos.
Es posible que el banco acceda a conceder la dación en pago si se cumplen los siguientes criterios:
- El banco debe estar adherido al Código de Buenas Prácticas Bancarias. Dicho código requiere que los miembros de la parte hipotecada no tengan trabajo ni bienes patrimoniales.
- La única propiedad que posean las personas hipotecadas debe ser el inmueble. La propiedad no debe estar gravada con cargas posteriores ni estar sujeta a aval o encontrarse en proceso de ejecución.
- Otro punto que deberías tener en cuenta es que la dación en pago tiene limitaciones en función de cuál sea el valor total de la hipoteca y el número de habitantes del municipio. Con esto último nos referimos a que el valor no debe superar los 200.000€ en municipios de más de un millón de habitantes. Si supera los 500.000 habitantes, el valor está establecido en 180.000€. En el caso de llegar a los 100.000 habitantes, en 150.000€ y en municipios de menos de 100.000 habitantes, en 120.000€.
En el caso de que no se cumplan estos requisitos no será posible recurrir a la dación en pago para saldar las deudas.
Documentos necesarios para la dación en pago
Otro proceso al que deberás atender al acometer el trámite para optar a la dación es recopilar la documentación requerida. Los documentos que te serán exigidos son los que siguen:
- Escrituras de compraventa de la vivienda
- Certificados de la situación de desempleo
- Certificados de titularidad y de rentas
- Libro de familia
- Certificado de empadronamiento
- Declaración de responsabilidad de los deudores del cumplimiento de las condiciones del Código de Buenas Prácticas Bancarias
¿La dación en pago es un método para todos?
En este punto, debes saber que recurrir a este método puede conllevar que después, en el futuro, puedas tener que lidiar con dificultades para obtener una hipoteca o un préstamo. Igualmente, no todos los bancos ofrecen esta opción, deberás fijarte en la política de cada entidad para esclarecer si existe tal posibilidad o no, y con qué condiciones.
Contacta con profesionales
Es muy importante que analices y plantees bien este recurso. Las personas que no pueden pagar la hipoteca de su hogar o que tienen otro tipo de deudas y no son aptas para la dación disponen de otras medidas. Para aprovecharse de ellas deberán realizar una negociación adecuada con la entidad y explorar todas las opciones posibles para evitar el embargo o ejecución de su inmueble.
Hay otros métodos que pueden ayudarte a solventar los problemas económicos puntuales como, por ejemplo, pactar una carencia de capital parcial o total. En ambos casos, podrás fijar durante un tiempo determinado el pago de parte de la cuota. Constituyen otros métodos que posibilitan la recuperación de la situación sin llegar a recurrir a la dación. Cuando no se pueda hacer frente a las deudas en que se haya incurrido, se pueden liberar mediante la Ley de la Segunda Oportunidad
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