Revista Filosofía

¿ Qué estás votando, un representante o un déspota?

Por Peterpank @castguer

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El pueblo carece de la competencia de la que goza el príncipe: la competencia de disolver una asamblea cuando se vuelva despótica. Esa carencia ha llevado ya repetidas veces al uso de la violencia. Pero quizá sea posible encontrarle remedio”. La figura de ese ‘príncipe’ es aplicable a cualquier primer ministro o presidente del gobierno.

“el diputado individual no es un representante del pueblo entero, sino de sus votantes”. “Al mandarlo a la asamblea como su representante le otorgan la confianza en que actuará para su bien y de acuerdo con sus intenciones. Pero cuando allí se comporta de tal manera que los votantes no vean en él al hombre de su confianza; cuando los votantes caen en la cuenta de que se han equivocado acerca de él y desean tomar otra decisión mejor, ¿no será lo más natural que vuelvan a reunirse y nombren a otro diputado mejor o, cuando menos, deseado por ellos?”.

“Sería impertinente exigirles que perseveren en un error que se puede subsanar”. “Los ciudadanos se dan cuenta de haberse equivocado y todavía no es tarde o, mejor dicho, no sería demasiado tarde si se estableciera por ley la revocabilidad del elegido”.

“Si eso no sucede, si los votantes tienen que dejar sus más caros intereses por todo el tiempo que dure la asamblea en manos de un hombre que ha sabido ganarse su confianza con engaños y al que luego han hallado indigno, entonces la ley no ha ordenado, como pretende, la elección de un ‘representante’, sino de un ‘déspota. “Pues alguien solo puede ser representante mientras sus votantes lo reconozcan como tal, de manera que habrá de dimitir inmediatamente apenas los votantes le declaren que ya no confían en él y nombren a otro en su lugar. Si es, en cambio, ‘irrevocable’, es un déspota, puesto que los intereses de sus votantes están enteramente en su ‘poder”.

“Pero eso es justamente lo que no quieren los hombres en una sociedad libre: no quieren que sus asuntos estén en el ‘poder’ de un hombre cualquiera, aun cuando ese hombre actúe y decida de la mejor manera según ‘sus propias’ convicciones”. “Si la ley no les ofrece ningún amparo contra quien detenta el poder, si tienen que sometérsele por siempre, porque, creyendo erróneamente que estaban eligiendo a un representante, han instaurado a un detentador del poder y de la fuerza, entonces la incitación a la violencia viene dada por el defecto de la ley, pues allí donde la ley no sirva contra la fuerza no es de extrañar que se expulse a la fuerza por medio de la fuerza”.

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 “Por consiguiente, parece necesario que la disolución de la cámara, que incumbe al príncipe, se complemente con la revocación de los diputados como derecho permanente de los votantes: esta es el complemento indispensable de aquel derecho del príncipe. Como este protege al príncipe ante el despotismo de la cámara, así la competencia de revocación deberá proteger a los votantes ante el despotismo de sus representantes elegidos. Y para que la revocación no deje de surtir efecto, para que no llegue ‘demasiado tarde’ será preciso que de toda decisión de la cámara que los revocantes desaprueben se reste el voto del revocado”.

“Solo a condición del proceder así podrá decirse que las decisiones de la cámara se toman conforme a la voluntad de la mayoría del ‘pueblo’”, concluye Stirner. “Mientras que en el caso de la irrevocabilidad hay que decir que las decisiones se han tomado solamente conforme a la voluntad de la mayoría de la cámara, es decir, de los detentadores irrevocables del poder”.

M.S.


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