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¿Qué hacer para cobrar un seguro de vida?

Publicado el 04 julio 2022 por Elenakrahe
¿Qué hacer para cobrar un seguro de vida?

Para que las aseguradoras puedan valorar si procede el pago de un seguro de vida, suele ser necesario presentar una serie de documentos.

Antes de firmar cualquier póliza de seguro de vida, es importante en cualquier caso atender a cada una de las cláusulas y tener un conocimiento exhaustivo de las condiciones, de manera que podamos contratar la póliza que más se ajuste a nuestros objetivos.

Muchos problemas con las aseguradoras suelen venir de haber tomado la decisión de contratar un seguro de vida sin entender bien las condiciones de la póliza.

Qué se necesita para cobrar un seguro de vida

Las pólizas de vida disponen de un protocolo en el que se explica cómo proceder en caso de que el asegurado fallezca.

Por lo general, si los beneficiarios no estaban en conocimiento de la existencia de esta póliza de vida, tras el fallecimiento pueden acudir al Registro de Contratos de Seguros a través del Ministerio de Justicia.

Otro trámite imprescindible será obtener un certificado de defunción del fallecido en el Registro Civil. Además, tendrás que notificar a la aseguradora del asegurado en el plazo en el que marca la póliza, que generalmente será de 7 días desde el fallecimiento.

Para poder cobrar el seguro de vida, en caso de que seas beneficiario, la aseguradora suele requerir de la póliza de vida suscrita, el acta de nacimiento del asegurado, el certificado de matrimonio si eres cónyuge, el libro de familia en caso de que seas hijo o hija del asegurado, un testamento o declaración notarial de herederos, la liquidación y carta del pago de Impuesto de Sucesiones, y por último, si el asegurado murió por causa de accidente, deberán presentarse también las diligencias judiciales, el atestado y la autopsia.

¿Cuándo se cobra un seguro de vida?

El pago de la aseguradora a los beneficiarios se debe realizar en un máximo de 40 días desde que se ha informado del siniestro y se ha hecho la entrega de toda la documentación, de acuerdo con la Ley 50/1980.

De acuerdo con la póliza, puede tratarse de una renta vitalicia, una renta temporal o un pago único. Esto es muy importante tenerlo en cuenta si vas a contratar un seguro de vida, ya que deberías buscar la mejor opción para que los beneficiarios del seguro (tu pareja, tus hijos…) tengan la cobertura más conveniente y en las condiciones más adecuadas para ti y para ellos.

Si necesitas asesoramiento para contratar una póliza de vida, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros.

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