El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre una ayuda de 200 euros destinada a apoyar las rentas de las familias de clase media, en un contexto de inflación.
Esta ayuda de 200 euros se podía solicitar en la web de la Agencia Tributaria hasta el 31 de marzo. En este sentido la Agencia Tributaria ha comenzado con la revisión de las solicitudes, por lo que estas pasaran por varios estados diferentes.
Si has presentado la solicitud de esta nueva ayuda, sigue leyendo porque en este artículo veremos que significa cada estado de tramitacion, del apartado de "observaciones".
¿Qué significa el estado de 'OA' en el cheque de 200 euros?
Si en la nueva columna de "estado" se lee la palabra "OA", significa que Hacienda ha recibido y aceptado la solicitud y la cuenta bancaria, pero está pendiente de revisión. Para poder confirmar que esta ayuda ha sido aprobada, en el apartido de observaciones indicara: 'Acordada o 'Aprobada'. Asimismo, en la página de consulta de la Agencia Tributaria, se muestra la solicitud en diferentes estados: 'Alta' y 'OA' o 'Baja', cuyos significados son los siguientes:
- Alta: La solicitud se envió correctamente y está a la espera de ser aceptada por la Agencia Tributaria.
- OA: Hacienda ha recibido y aceptado la solicitud y la cuenta bancaria, pero está pendiente de revisión.
- Acordada: significa que la ayuda de 200 euros ha sido aprobada y que realizaran el pago dentro del plazo estipulado.
- Aprobada: significa que la ayuda de 200 euros ha sido aprobada y que realizaran el pago dentro del plazo estipulado.
- Baja: No se ha rellenado correctamente el formulario, aunque puedes enviar de nuevo tus datos.
¿Cuál es el plazo para pagar la ayuda?
El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, puede empezar a cobrarse a partir del 1 abril y el plazo máximo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.
¿Qué ocurre si pasan los meses y no se me notifica nada?
Transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
¿Puedo reclamar, si no me pagan la ayuda?
Si el solicitante está en desacuerdo con la resolución podrá interponer:
Recurso de Reposición, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir. Haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.