Revista Jurídico

Queja al Registro Mercantil contestada de puro trámite

Por Elblogderamon @ramoncerda
#queja al registro

Contestación de puro trámite a nuestra queja por incumplimiento de plazos

Queja al Registro Mercantil

por incumplimiento de plazos de inscripción

Durante el mes de agosto (de cualquier año), lo normal es que surjan retrasos en la tramitación de las inscripciones de muchos Registros Mercantiles, pero eso es algo que solo puede consentirse si está reglamentado, si de alguna manera se dice en la ley o en el Reglamento que el plazo de inscripción aumenta en período vacacional, pero eso no ocurre así. Hay una normativa que no habla de períodos vacacionales ni de otros períodos susceptibles de retrasos. Los Registro Mercantiles han de prever, como cualquier otra empresa, sus necesidades de personal, y no puede servir como excusa que estemos en agosto para retrasar las inscripciones.

Es por ello que resulta bastante habitual que nosotros presentemos alguna queja por estas fechas, porque nuestros clientes nos exigen una explicación cuando los trámites se retrasan, y de poco sirve que nosotros sigamos operativos y que lo presentemos todo dentro de plazo, si luego el Registro Mercantil actúa a modo de embudo paralizando nuestras tramitaciones.

En este caso hablo del Registro Mercantil de Madrid, al cual presenté una queja múltiple (por cuatro sociedades distintas) en las que, no solo se había excedido el plazo reglamentario, sino que se nos negó información telefónica sobre el estado de las inscripciones.

#queja al registro

Fragmento de la queja presentada

Al presentar la queja, solicito que se inscriban inmediatamente, pero también solicito que se me informe de los motivos del retraso y de la actitud “poco gratificante” que se ha tenido con nosotros a la hora de pedir información telefónica.

Es cierto que nuestra queja al Registro Mercantil nos ha sido contestada, y es cierto que la contestación ha sido bastante rápida, pero se trata de una contestación de puro trámite, algo más bien inútil, para dejar constancia de que contestan a las quejas, pero nada más.

No nos informan de los motivos de los retrasos, ni se nos pide disculpas por la forma en que se nos ha tratado telefónicamente, y, sinceramente, pienso que eso va en perjuicio de ellos. Estas cosas hay que tratarlas con más humildad y más sinceridad, ¿que han tenido problemas de personal?, pues que lo admitan, aunque eso no cambie su obligación de inscribir en plazo, ¿que ha habido algún malentendido con la persona que atiende el teléfono?, pues que digan al menos que se han preocupado en hablar con ella para ver lo sucedido, pero no, nos dicen que las sociedades ya han sido inscritas… y nada más.

¿Doy por contestada la queja al Registro con esto? Evidentemente no, es cierto que me sirve de justificante de cara a mis clientes para que vean que cuando ha habido un retraso, he presentado personalmente una queja al Registro, y que quienes se han excedido en el plazo han sido los señores registradores y no nosotros, pero nada más. Al resto de efectos considero la queja al Registro Mercantil como no contestada; no obstante no voy a emitir otra por ello ni alargar más la situación, creo que será más efectivo que quede una constancia de todo en este Blog.

Ramón Cerdá

Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/queja-al-registro-mercantil/.

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