Vivir con diabetes tiene como parte fundamental repasar conceptos día a día, ya que muchas veces se olvidan y son fundamentales a la hora de saber qué podemos hacer, que no podemos o cómo hacerlo de la mejor forma posible. El otro día llegó a mis manos una guía de diabetes y al leerla me di cuenta de que mucho de su contenido ya lo recordaba, o si lo hacía era vagamente. Por ello, este lunes quiero haceros un repaso de temas importantes que creo que son muy útiles a diario.
CONDUCIR CON DIABETES
Conducir, en la mayoría de los casos, es una necesidad y aunque las personas que vivimos con diabetes no tenemos ningún problema en este sentido, hay ciertos aspectos que pueden hacer que nos denieguen el permiso de circulación.
En primer lugar hay que saber que por tener diabetes vamos a tener un permiso extraordinario y esto queda recogido en el artículo 47 del Real Decreto 772/1997, donde estipula que las personas con diabetes mellitus deben observar unos requisitos especiales: vigencia del permiso de conducción, denegación e inestabilidad severa de la diabetes y cuadros de hipoglucemia con pérdida de conciencia.
Todo esto queda registrado una vez respondemos de manera afirmativa a la pregunta de si somos diabéticos. Pero no por ello no podemos conducir, sí que podemos. Cuando acudimos a hacernos el certificado médico, nos pedirán un informe de nuestro endocrino que explique el tipo de diabetes que tenemos, el control que llevamos, pautas etc. con todos esos datos tendremos un informe que será más o menos favorable y que dará lugar a varias opciones:
- Médico favorable + diabetes tipo 2 sin insulina: permite un permiso de conducción similar al ordinario, es decir, vigencia de 10 años hasta los 45 de edad, de 5 años entre los 45 y 70 y de dos años a partir de los 70.
- En Informes Médicos menos favorables + diabetes tipo 2 sin insulina los tiempos de renovación del carnet son más cortos.
- Informe Médico favorable + diabetes tipo 1 ó 2 con hipoglucemiantes orales: en estos casos se le pide al paciente que tenga un control metabólico aceptable y no haya sufrido pérdidas de conciencia en el último año. En estos casos la renovación de la licencia puede varias más, pero hasta los 45 años es de 5 años de vigencia.
- Es importante recordar que en cualquiera de los casos ocultar datos o episodios de nuestra enfermedad puede constituir un delito penal y las aseguradoras pueden negarse a cubrir los gastos relacionados de un accidente de tráfico.
Se entiende por Informe Médico favorable aquel en el que el control del paciente es adecuado, no hay inestabilidad metabólica severa, no hay cuadros de asistencia hospitalaria, etc.
En mi caso: me saqué el carnet con 18 años, lo renové hace dos y en ambas ocasiones nunca he tenido ningún problema. Me pidieron el informe de mi endocrino, el último fondo de ojo y después me hicieron las pruebas médicas que le hacen a cualquier persona cuando va a sacarse o renovar el permiso de conducir.
DONAR SANGRE CON DIABETES
Esto es algo que siempre he querido hacer pero que no he podido por tener diabetes y cuando me dijeron que no era posible me pregunté el por qué. El Real Decreto 1088/2005 recoge entre otras muchas cosas, los criterios de exclusión de los posibles donantes entre los que se incluye la diabetes que precisa tratamiento con insulina. El motivo viene de cuando las insulinas no eran de origen recombinante, sin embargo en la normativa española también se recoge que en casos excepcionales, será el médico la persona encargada de autorizar la donación de personas con diabetes tras un reconocimiento médico.
TRABAJAR CON DIABETES
Cuando la diabetes se diagnostica desde pequeños, este miedo de compaginar diabetes y trabajo se va disipando poco a poco, pero cuando la diabetes se diagnostica en la edad adulta, o cuando ya trabajamos aparecen muchas dudas del tipo ¿me pueden echar? ¿digo que soy diabético? ¿puedo trabajar siendo diabético?
Lo primero de todo es que la diabetes no es una enfermedad invalidante y por tanto, a no ser que haya complicaciones aguadas de la diabetes (visión, riñón, pie diabético, corazón, etc) no hay ningún problema por trabajar en lo que se quiera, aunque es cierto que existen profesiones que no lo permiten por considerarse de riesgo, ya se para uno mismo o para terceras personas (bombero, policía, etc) pero si la diabetes se diagnostica cuando ya se es, por ejemplo, bombero, puede haber excepciones. Estas limitaciones suelen estar en su mayoría para la DT1.
Es conveniente saber que el Código Penal castiga la discriminación laboral por razón de enfermedad (la no admisión, despido o no renovación de un contrato por el hecho de tener diabetes.
¿ES LA DIABETES HEREDITARIA?
Esto es algo que siempre se plantea en algún momento de nuestra vida y que muchas veces no sabemos explicar. La diabetes en sí misma no se hereda, lo que se hereda es la predisposición genética, donde en el caso de la Diabetes Tipo 1 la posibilidad de que un hombre o mujer diabético tenga un hijo con diabetes es del 1-5%. En el caso de la diabetes tipo 2 este porcentaje aumenta considerablemente, y se convierte en un factor de riesgo si lo sumamos a la obesidad y al sedentarismo.
ANTICONCEPTIVOS Y DIABETES
La diabetes no interfiere en el uso de anticonceptivos ni ellos en el control de la diabetes. Sin embrago, es importante que se controle la anticoncepción si no queremos ser padres, ya que el embarazo debe estar controlado y programado.
En este sentido los métodos naturales no son efectivos ni muy seguros, mientras que el preservativo, anillo, DIU, implante, etc son buenas opciones. Centrándonos en las pastillas, hay que saber que deben ser la última opción, ya que contienen más hormonas y pueden aumentar el riesgo cardiovascular. Si fumas, bebes, y no tienes un control perfecto de tu diabetes, se recomiendan otros métodos anticonceptivos.