Revista Jurídico

Recurso de revisión y recurso de reposición contra resoluciones de Secretarios Judiciales

Por Sanchezbermejo @sanchezbermejo

La Ley de Enjuiciamiento Criminal estipula aquellas resoluciones que, dictadas por secretarios judiciales, son susceptibles en su ámbito de aplicación de recurso de revisión y recurso de reposición.

Por un lado, en cuanto al recurso de reposición, este se tendrá que ejercitar ante los propios secretarios judiciales, y se podrá hacer en estos supuestos:

  • Contra todas las diligencias de ordenación dictadas por Secretarios Judiciales.
  • Contra los decretos de los Secretarios judiciales. Aquí existe una excepción. No podrá ejercitarse recurso de reposición en los casos en que proceda la interposición directa de recurso de revisión.

Por otro lado, el recurso de revisión se interpondrá ante el Juez o Tribunal con competencia en la fase del proceso en la que haya recaído el decreto del Secretario Judicial que se quiere impugnar y habrá que estar al caso concreto para conocer cuando la ley habilita a interponer este recurso.

Recurso de revisión y recurso de reposición contra resoluciones de Secretarios Judiciales

Recurso de reposición

recurso de revision
El recurso de reposición deberá señalar la infracción en que la resolución ha incurrido a juicio del recurrente y en ningún caso tendrá efectos suspensivos.

Admitido a trámite el recurso de reposición por el Secretario judicial, se concederá al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas un plazo común de 2 días para presentar por escrito sus alegaciones, transcurrido el cual resolverá sin más trámite.

Contra el decreto del Secretario judicial que resuelva el recurso de reposición no se puede interponer recurso alguno.

Recurso de revisión

El recurso de revisión se debe ejercitar mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que el secretario judicial haya incurrido con su resolución.

Admitido a trámite el recurso de revisión por el Secretario Judicial, se concederá al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas, como en el recurso de reposición, un plazo común de 2 días para que presenten sus alegaciones por escrito, transcurrido el cual el Juez o Tribunal resolverá sin más trámite.

Contra el auto resolutorio del recurso de revisión no cabe tampoco la posibilidad de interponer recurso alguno.

Facebook
google_plus
linkedin
mail

Contrata tu abogado online

Si buscas abogado, necesitas ayuda legal, o simplemente quieres resolver alguna consulta, cuenta conmigo y los colaboradores de mi despacho, especialistas en todas la ramas del derecho, para ayudarte en todo lo que necesites. Prestamos servicio en toda España.

Resolución de consultas legales de todo tipo, defensa en tribunales, apoyo jurídico, divorcios y separaciones, asesoramiento financiero y tributario, temas de extranjería, derecho inmobiliario, defensa de los derechos de trabajadores y mucho más.

Hazme tu consulta

Si te ha interesado este artículo, tal vez te interese también...

  • El Tribunal del Jurado
    El Tribunal del Jurado
  • Obligación de ser asistido por abogado y procurador
    Obligación de ser asistido por abogado y procurador
  • El acusador popular
    El acusador popular
  • Proceso Monitorio II: Admisión de la petición y requerimiento de pago
    Proceso Monitorio II: Admisión de la petición y requerimiento de pago
  • Proceso Monitorio I: Concepto y legitimación
    Proceso Monitorio I: Concepto y legitimación
  • La comprobación del delito: Inspección Ocular
    La comprobación del delito: Inspección Ocular

Volver a la Portada de Logo Paperblog